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La Alerta de Violencia de Género no ha concluido en Morelos

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Por LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS
Cuernavaca, Morelos, México, 27 de abril de 2017.-  El Grupo de Trabajo sobre la Alerta de Violencia de Género emitió un documento con importantes conclusiones que consideramos de interés público, ya que contrariamente a lo que ha declarado el Gobierno de Morelos en el sentido de que ya ha concluido la AVG, ésta se mantiene con medidas específicas tal como dice el documento que anexamos a la presente para su conocimiento.
Por nuestra parte, como organismo peticionario de la AVG en Morelos, estamos preparando un informe sombra que, debido a la amplitud, daremos a conocer en extenso el 9 y 10 de mayo, ya que, como es del conocimiento de la sociedad en Morelos, la grave situación de violencia feminicida prevalece en la entidad.
Cuernavaca, Morelos, 27 de abril de 2017.
Atentamente.
Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos A. C.

 
¡Porque amamos, luchamos!
– Privada de las Flores 16, colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.
– Teléfono 777318-55-68.
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ÍNDICE A. INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………………………………………………. 1 I. Procedimiento legal y reglamentario para el estudio y análisis de las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres ………………………………………………………………………… 1 II. Seguimiento a la solicitud de declaratoria de AVGM en el estado de Morelos ……………….. 2 B. ACCIONES DE COORDINACIÓN REALIZADAS POR EL GOBIERNO PARA IMPLEMENTAR LA DECLARATORIA DE AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO …… 4 C. ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DECLARADAS EN LA AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME QUE TENGAN RELACIÓN CON ÉSTAS ……………………………………………….. 4 I. Primera medida de seguridad ………………………………………………………………………………. 4 II. Segunda medida de seguridad ……………………………………………………………………………… 7 III. Tercera medida de seguridad ………………………………………………………………………………. 5 IV. Cuarta medida de seguridad ………………………………………………………………………………… 7 V. Quinta medida de seguridad ……………………………………………………………………………… 10 VI. Primera medida de prevención …………………………………………………………………………… 11 VII. Segunda medida de prevención ………………………………………………………………………….. 15 VIII. Tercera medida de prevención …………………………………………………………………………… 20 IX. Cuarta medida de prevención ……………………………………………………………………………. 24 X. Primera medida de justicia ………………………………………………………………………………… 29 XI. Segunda medida de justicia ……………………………………………………………………………….. 34 XII. Tercera medida de justicia ………………………………………………………………………………… 36 XIII. Cuarta medida de justicia………………………………………………………………………………….. 37 XIV. Quinta medida de justicia …………………………………………………………………………………. 39 XV. Sexta medida de justicia ……………………………………………………………………………………. 40 XVI. Medida para visibilizar la violencia de género y mensaje de cero tolerancia ………………… 41 D. SEGUIMIENTO A LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME QUE NO SE RELACIONAN DIRECTAMENTE CON LAS MEDIDAS DE LA DECLARATORIA DE AVGM …………………………………………. 43 I. Cuarta Propuesta …………………………………………………………………………………………….. 43 II. Quinta propuesta …………………………………………………………………………………………….. 44 III. Décima tercera propuesta …………………………………………………………………………………. 44 IV. Décima cuarta propuesta ………………………………………………………………………………….. 46 V. Décima quinta propuesta ………………………………………………………………………………….. 47 E. CONCLUSIÓN GENERAL SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN LA DECLARATORIA DE AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO …. 48 1 DICTAMEN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DICTADAS EN LA DECLARATORIA DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES PARA CUAUTLA, CUERNAVACA, EMILIANO ZAPATA, JIUTEPEC, PUENTE IXTLA, TEMIXCO, XOCHITEPEC Y YAUTEPEC A. INTRODUCCIÓN I. Procedimiento legal y reglamentario para el estudio y análisis de las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres El Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en adelante, Reglamento de la Ley General de Acceso) desarrolla específicamente el alcance y funcionamiento de la alerta de violencia de género contra las mujeres (en adelante, AVGM). En este sentido, el Reglamento de la Ley General de Acceso establece que una vez admitida una solicitud de AVGM, se conformará un grupo de trabajo encargado de estudiar y analizar la situación que guarda el territorio sobre el que se señala que existe violación a los derechos humanos de las mujeres. Si dicho grupo determina que existen elementos suficientes que permitan presumir la existencia de un contexto de violencia feminicida contra las mujeres en un territorio determinado, el mismo emitirá un informe que contenga: i) el contexto de violencia contra las mujeres en el lugar donde se solicita la AVGM; ii) la metodología de análisis utilizada; iii) el análisis científico de los hechos e interpretación de la información, y iv) las conclusiones y propuestas de acciones preventivas, de seguridad y de justicia para enfrentar y abatir la violencia feminicida y, en su caso, el agravio comparado. Posteriormente, este informe es remitido a la Secretaría de Gobernación (en adelante, Segob), a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (en adelante, Conavim), para su análisis. Una vez revisado, la Segob enviará dicho informe a la persona Titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente. En caso de que la persona Titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente acepte las conclusiones contenidas en el informe del grupo de trabajo, tendrá un plazo de quince días hábiles para informar a la Segob, a través de la Conavim, sobre su aceptación. Conforme al Reglamento de la Ley General de Acceso, la declaratoria de AVGM se puede emitir en dos momentos: i) si transcurre el plazo de quince días hábiles, a partir de la notificación del informe, sin que se reciba dicha aceptación, o en su caso, si se recibe la negativa de la entidad federativa, y ii) si aceptado el informe con las propuestas del grupo de trabajo, el grupo de trabajo determina que la entidad no implementó las propuestas en el plazo de seis meses. En estos supuestos, conforme al artículo 25 de la Ley General de Acceso, la Segob, emitirá la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres, que señalará las acciones preventivas, de seguridad y justicia para enfrentar y abatir la violencia feminicida. Una vez declarada la AVGM, el grupo de trabajo adquiere el carácter de grupo interinstitucional y multidisciplinario (en adelante, GIM) que evalúa y da seguimiento a la implementación de las medidas de la AVGM con perspectiva de género. 2 II. Seguimiento a la solicitud de declaratoria de AVGM en el estado de Morelos a. Procedimiento El 10 de agosto de 2015, se dictó la procedencia de la AVGM en los municipios de: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec. A partir de la declaración de la AVGM se conformó el GIM para dar puntual seguimiento a la declaratoria de alerta en el estado de Morelos. Para regular su funcionamiento el grupo aprobó durante su primera sesión los “Lineamientos Constitutivos y Operativos del Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario que dará seguimiento a la declaratoria de Alerta de Violencia de Género en el estado de Morelos”. b. Personas integrantes del GIM El 16 de junio de 2014, mediante oficio CNPEVM/444/2014, la Conavim informó a la Secretaría Ejecutiva la designación de Gretha Jimena Vilchis Cordero, Subdirectora de Atención a Víctimas, Denuncias, Seguimiento y Reparación del Daño, como su representante en el grupo de trabajo. El 17 de junio de 2014 la Secretaría Ejecutiva mediante oficio INMUJERES/PRESIDENCIA/DGTPG/DSSV/420/2014 designó como representante del Instituto Nacional de las Mujeres a Pablo Navarrete Gutiérrez, Coordinador de Asuntos Jurídicos. El 20 de junio de 2014, mediante oficio IMEM/DG/748/2014-06, el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos (en adelante, IMEM), designó a Aurora Ivonne Velasco Rotunno, Directora General del IMEM como su representante. El 27 de noviembre de 2015, se designó a María Teresa Domínguez Rivera como Directora General del IMEM, quedando a su cargo la representación ante el grupo. Designación directa a Irene Regina Casique Rodríguez y Roberto Castro Pérez representantes del Centro Regional de Investigación Multidisciplinarias de la Universidad Nacional Autónoma de México. El 1° de agosto de 2016, la doctora Casique Rodríguez renunció al grupo de trabajo por motivo de su año sabático, por lo que el 27 de septiembre se designó a Itzel Adriana Sosa Sánchez representante del Centro Regional de Investigación Multidisciplinarias de la Universidad Nacional Autónoma de México. Por su parte, el viernes 13 de enero de 2017 el doctor Roberto Castro Pérez comunicó a la Conavim su salida del grupo, misma que fue transmitida a los demás integrantes. Las personas representantes de las instituciones académicas de carácter nacional fueron seleccionadas a partir de la Convocatoria Pública Nacional publicada el 28 de marzo de 2014. El 20 de junio de 2014 dicho Comité seleccionó por unanimidad a Isabel Montoya Ramos, representante del Instituto Nacional de Ciencias Penales y a Nelson Arteaga Botello, representante de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, en tanto instituciones académicas y de investigación de carácter nacional.. Derivado de la renuncia de la académica Isabel Montoya Ramos el 18 de mayo de 2015, mediante el oficio DI-200-15, el Instituto Nacional de las Ciencias Penales designó a la licenciada Ana Pamela Romero Guerra como represente del grupo. El 2 de julio de 2014, mediante oficio CVG/430/2014, la Comisión Nacional de Derechos Humanos designó a Carlos Villaseñor Navarro, Director de Área del Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres como su representante. El 12 de febrero de 2015, mediante el oficio CVG/090/2015, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, designó en sustitución al anterior al maestro Ricardo Soto Ramírez como su representante para este procedimiento. Posteriormente el 1° de febrero de 2017, mediante el oficio CVG/0074/2017, se 3 nombró en sustitución del anterior a la maestra Perla Myrell Méndez Soto y a la maestra Bertha Liliana Onofre González. c. Sesiones del grupo de trabajo El gobierno del estado de Morelos ha presentado tres informes, el 11 de enero, el 1º de junio y el 16 de diciembre de 2016, respecto a los avances en la implementación de las medidas dictadas en la AVGM. Para su análisis, el GIM se ha reunido en cuatro ocasiones. Las mesas de trabajo tuvieron lugar el 11 de febrero, 21 de abril, 27 de junio, todas de 2016, así como el 17 de febrero de 2017. En estas reuniones se realizó una revisión de los avances presentados por el gobierno del estado para implementar las medidas dictadas en la AVGM, así como las propuestas y conclusiones del grupo de trabajo. Asimismo, derivado de éstas se remitieron observaciones a los avances presentados en los informes. El 11 de febrero de 2016, se llevó a cabo la primera reunión del grupo de trabajo en la cual realizaron observaciones generales respecto al contenido y forma en que el estado de Morelos estaba implementando las medidas de la AVGM. Derivado de esta reunión se entregaron las observaciones al estado de Morelos el 26 de febrero. La segunda reunión de trabajo, realizada el 21 de abril de 2016, se llevó a cabo con la presencia del enlace estatal. En ésta se le presentó al GIM el proyecto del Programa Integra Mujeres, remitido con anterioridad, para realizar comentarios durante el transcurso de la sesión. La tercera reunión se realizó el 27 de junio de 2016, en la misma se realizaron observaciones generales al segundo informe y se determinó la división para la revisión global de la implementación de las medidas, a un año de dictada la AVGM, de conformidad con el área de experiencia de cada persona integrante del grupo. Derivado de este análisis, se remitió al enlace estatal otro documento con observaciones para que proporcionara información adicional sobre el avance presentado. Asimismo, se le solicitó presentara para cada medida, la metodología (objetivos y estrategias) con que se habían ejecutado las acciones de cada una de las medidas. Adicionalmente a lo señalado, han tenido verificativo cinco mesas de trabajo con la Fiscalía y la organización solicitante (para determinar el número de casos por muerte violenta de mujeres) y dos sesiones del Comisión Estatal para la Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres (creada específicamente para la atención de la AVGM). En todas, se ha contado con la presencia de al menos dos integrantes del GIM. En atención a las observaciones remitidas, el estado presentó un tercer informe el 16 de diciembre de 2016. Del 15 de enero al 7 de febrero de 2017 se integró un documento preliminar a partir de las observaciones y comentarios elaborados por cada una de las personas integrantes del GIM. Dicho documento fue remitido el 14 de febrero al grupo, a fin de que pudiera ser estudiado y, en su caso, se realizaran las acotaciones correspondientes. Dicho trabajo fue retomado por el grupo el día 17 de enero de 2017, fecha en que se concluyó el dictamen y se votó la conclusión final del grupo. Ese día se acordó que la representante de la Conavim incluiría los cambios acordados en la reunión y realizaría una última revisión de forma del dictamen. El documento fue enviado nuevamente al grupo de trabajo el día 22 de febrero de 2017 a fin ser aprobado en su totalidad por sus integrantes. 4 El 23 de febrero de 2017, el dictamen fue entregado por el Coordinador del grupo de trabajo a la Secretaría de Gobernación, en términos de lo dispuesto por el séptimo párrafo del artículo 38 del Reglamento de la Ley General de Acceso. B. ACCIONES DE COORDINACIÓN REALIZADAS POR EL GOBIERNO PARA IMPLEMENTAR LA DECLARATORIA DE AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO Para atender las medidas dictadas en la alerta, así como las propuestas contenidas en el informe del grupo de trabajo, el gobierno estatal instaló la Comisión Estatal para la Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres (en adelante, CEPVGM), órgano encargado de la coordinación de acciones interinstitucionales y que se conforma por el Titular del Poder Ejecutivo, los representantes de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los municipios de Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec. De esta forma, diseñó y consolidó un programa de trabajo que permitiera atender todas las medidas de seguridad, prevención, justicia y reparación, así como de las propuestas del grupo de trabajo en su informe, denominado Programa Integra Mujeres Morelos (en adelante, PIM). El PIM se consolidó como el instrumento rector que integra cada una de las acciones a realizar en el marco de la AVGM en estrategias estatales y municipales, con líneas de acción englobadas en cinco ejes alineados al Plan Nacional de Desarrollo y al Plan Estatal de Desarrollo. Asimismo, se incluye una matriz de indicadores de resultados, que permite alinear objetivos y resultados, así como establecer indicadores estratégicos y de gestión, que permitan dar seguimiento a cada una de las medidas. El Programa fue aprobado en la Segunda Sesión de la Comisión Estatal para la Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres, el 28 de abril de 2016 y publicado en el Periódico Oficial el 1º de junio de 2016. Asimismo, el estado creó una página de internet (www.integramujeres.morelos.gob.mx) donde la ciudadanía puede consultar los avances actualizados del PIM. C. ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DECLARADAS EN LA AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME QUE TENGAN RELACIÓN CON ÉSTAS I. Primera medida de seguridad a) Medida establecida en la declaratoria Publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la naturaleza y los alcances de la Alerta de Violencia de Género con información accesible para la población, de conformidad con lo establecido en el artículo 23, fracción V, y 26, fracción III, inciso d) de la Ley General de Acceso. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida El estado informó que para implementar esta propuesta ha realizado las siguientes acciones: Primera acción: diseño de la(s) campaña(s) para difundir la naturaleza y los alcances de la alerta de violencia de género contra las mujeres con información accesible para la población Desde el Primer Informe del Gobierno y hasta el más reciente (el Tercero), la entidad reporta que distintas instituciones (Secretaría de Información y Comunicación, el Instituto Morelense de la Radio y la Televisión, y el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos) han llevado a cabo diversas acciones como parte de las campañas de las tareas de difusión, entre las que señalan la Campaña Cero Tolerancia y la Campaña Rompe el Círculo. 5 En este sentido, observa que los contenidos de las campañas buscan dar a conocer a la población en qué consiste la alerta y cuáles son sus principales acciones y objetivos. Segunda acción: publicación y difusión de la campaña en medios de comunicación y lugares estratégicos La divulgación en medios de comunicación y lugares estratégicos sobre la naturaleza y los alcances de la alerta de violencia de género contra las mujeres ha sido realizada a nivel estatal y a nivel municipal. Las acciones a nivel estatal comenzaron en agosto de 2015 y han continuado durante 2016. Desde el gobierno estatal, la estrategia para difundir información sobre la AVGM, ha comprendido, desplegados en prensa y spots en radio y televisión; esto, a través de programas como “Voz es… Mujeres”, “Morelos trabajando”, “Voz es Morelos”, entre otros. Aunados a los medios de información tradicionales, la campaña de difusión de la AVGM se ha llevado a cabo a través de internet y redes sociales, en coordinación con el Instituto Morelense de Radio y TV, el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos y la Coordinación Estatal de Comunicación Social. En resumen, se han realizado las siguientes acciones: – Prensa local: Diario de Morelos, Sol de Cuernavaca, Sol de Cuautla, Capital Morelos y Morelos Habla, en formato media plana el 21 de octubre de 2015. – E-cards y videos: alcance de 5,245 personas por parte del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos (en adelante, IMEM). – Entrevistas: en el programa “Voz es … Mujeres”, a Marcela Lagarde (28 de septiembre de 2015); en el programa Claves: Feminicidios en México” (12 de octubre de 2015, con reproducciones en octubre y noviembre¸ en el programa “Morelos Trabajando”, al IMEM con 7 repeticiones (de enero a abril de 2016); en el programa “Voz es … Morelos”, con cuatro repeticiones cada uno, a la Secretaría de Desarrollo Social, al Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Estado de Morelos, a la Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología, a la Secretaría de Obras Públicas y a la Fiscalía de apoyo a víctimas y representación social Adicional a lo anterior, destaca que la Comisión Estatal para la Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres cuenta, desde abril del 2016, con una página web a través de la cual difunden información sobre la AVGM. Por su parte, a nivel municipal, Cuautla, Jiutepec, Puente Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec han llevado a cabo acciones en relación con esta medida. – Cuautla: taller de violencia de género para regidores, 7 de julio de 2016 y el taller de perspectiva de género, el 1º de junio de 2016 para directoras y directores del Ayuntamiento. – Jiutepec: campaña “No maquilles la realidad”, desde marzo de 2016, así como sesiones grupales con el tema de AVGM para funcionarios (no se anexa evidencia); – Puente de Ixtla: campaña “Mujeres libres de violencia” (no se anexa evidencia); – Temixco: la campaña permanente “Mujer no estás sola” se difunde a través de brigadas en campo, jornadas comunitarias, pláticas a estudiantes, padres y madres de familia, obras de teatro y sensibilización al personal de Ayuntamiento. Se han utilizado para ello lonas (cuatro), tarjetas de números de emergencia (5 mil), spots (4,085 reproducciones), perifoneo (cuatro colonias), volantes (4,300). En estas actividades se ha dado prioridad a las cuatro colonias con mayor índice de violencia contra las mujeres conforme al semáforo. – Xochitepec: campaña “Xochitepec libre de violencia” describe las actividades realizadas por el gobierno para dar cumplimiento a las medidas establecidas en la AVGM, a través de radio, 6 televisión (spot “cuando hay amor, no hay agresión”, prensa escrita, plataformas web (micrositio con el seguimiento) y redes sociales. – Yautepec (campaña “Cero Tolerancia” para difundir la naturaleza de la AVGM) c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta El GIM valora las acciones que la entidad ha llevado a cabo acciones para publicar y difundir en medios de comunicación los alcances de la AVGM para la población, a través, principalmente, de campañas de comunicación, talleres a funcionarias y funcionarios públicos y actividades de orientación para la población en general. Sin embargo, se observa que las actividades que se han llevado a cabo se han ejecutado de manera fragmentada, es decir, no quedan de manifiesto lineamientos y recursos en común para los municipios, donde lo que se lleve a cabo a nivel estatal, sea un referente para actuar a nivel municipal. En ese tenor, si bien el grupo reconoce los esfuerzos del estado, insta a los municipios a colaborar en la difusión de la AVGM y la prevención de la violencia en contra de las mujeres y las niñas, así como las instancias municipales a las que puedan acudir. En este sentido, se advierte que las deficiencias en la distribución pudieron deberse a la falta de una estrategia adecuada de diseño. En este sentido, el grupo reconoce que se le incluyó para emitir observaciones respecto a los contenidos de algunas campañas, sin embargo, esto se realizó pocos días antes de que se planeara su emisión. Asimismo, es preciso destacar que no se reportan los elementos de información que condujeron a plantear una u otra estrategia de difusión (campañas o talleres, o atención psicológica y teatro para adolescentes), por lo que el grupo sugiere que la identificación de la población objetivo, en cada caso, obedezca a un diagnóstico oportuno sobre el problema. Ahora bien, respecto a las acciones a nivel municipal, destaca que sólo se tiene información sobre lo que se lleva a cabo en seis de los ocho municipios. Los dos municipios sobre los que no se indican avances son Cuernavaca y Emiliano Zapata. En cuanto a la información remitida por la entidad, destaca que no existe una estrategia a nivel estatal que sea retomada y adaptada por los municipios, asimismo, los municipios no reportan los elementos que constituyen insumos para decidir emprender una campaña de difusión, o por llevar a cabo capacitaciones a funcionarios de las entidades; es decir, las acciones son disímiles y no queda de manifiesto los criterios para optar por una u otra estrategia para difundir en qué consiste la AVGM. Adicional a lo anterior, es necesario que el estado monitoreé las actividades de difusión sobre la alerta de género, lo cual se considera una buena práctica para decidir la continuación o replanteamiento de las estrategias implementadas hasta ahora. En este sentido, debe hacerse una medición de impacto de las campañas para asegurarse de que están cumpliendo su objetivo y están llegando a toda la población objetivo. Por todo lo anterior, el grupo de trabajo considera que el cumplimiento de las medidas relacionadas con la divulgación y publicación en medios de difusión de la naturaleza y los alcances de la violencia de género se encuentra en proceso y que es preciso prestar atención y ayuda en el caso de los municipios que no reportan acciones, así como generar diálogos entre los distintos municipios para compartir las buenas prácticas y los lineamientos generales sobre las implicaciones de la AVGM, sobre todo a más de un año de su declaratoria. 7 II. Segunda medida de seguridad a) Medida establecida en la declaratoria Diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia, mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres. b) Acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado informó que para implementar esta medida ha realizado las acciones solicitadas en la declaratoria, en las zonas identificadas como de alto riesgo. Para identificar las mismas ha conformado el Semáforo de Violencia de Género, descrito en la primera medida de prevención, el cual permite georreferenciar por municipio y en tiempo real las colonias y zonas con mayor índice de violencia contra las mujeres. En este sentido señaló que con base en los polígonos de alto, mediano y bajo riesgo para las mujeres del Semáforo de Violencia contra las Mujeres, se realizan los patrullajes preventivos de seguridad y vigilancia, las marchas exploratorias, el rescate de espacios públicos, la integración de Comités de Vigilancia Vecinal y acciones de prevención del delito en contra de las mujeres. En este sentido, el 1º de febrero de 2017, se realizó una reunión de trabajo del GIM con la Comisión Estatal de Seguridad, particularmente con la presencia de las y los comandantes bajo el mando único de cada uno de los municipios con alerta activada, así como con las personas que dirigen la Dirección de Prevención al Delito municipal. A partir de lo anterior, se han implementado las siguientes acciones: Primera acción: reforzar los patrullajes preventivos Al respecto, el estado incluyó esta acción en la línea 2.3.1 “Reforzar patrullajes preventivos en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”, dentro de la estrategia 2.3. “Fomentar la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia, mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Durante la sesión del 1º de febrero, se expuso que comandantes en los municipios redireccionaban los recursos humanos y materiales para mantener presencia en las colonias con mayores índices de violencia según el Semáforo de Violencia contra las Mujeres. De tal forma, se busca tener una atención y reacción más diligente ante los reportes e incidentes de violencia que se pudieran presentar. En este sentido, el estado informó que de junio de 2016 a enero de 2017 se llevaron a cabo los siguientes recorridos preventivos de seguridad y vigilancia de acuerdo con el Semáforo de violencia, es decir en las colonias con mayores índices de violencia en contra de las mujeres: • Cuautla: 741. • Cuernavaca: 1,000. • Emiliano Zapata: 1,082. • Jiutepec: 921. • Puente de Ixtla: 483. • Temixco: 1,214. • Xochitepec: 902. • Yautepec: 438. 1 Segunda acción: efectuar operativos en lugares donde se tenga conocimiento fundado de la comisión de conductas violentas o delitos en contra de la mujer y aplicar las sanciones correspondientes. Se deberá priorizar el combate a la trata de personas Para cumplir con dicha acción, el Programa Integra Mujeres contempla las líneas de acción 2.3.2 “Efectuar operativos en lugares donde se tenga conocimiento fundado de la comisión de conductas violentas o delitos en contra de la mujer en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Para la aplicación de sanción, se advierte que el estado estableció como objetivo la línea 2.3.3 “Generar los reportes correspondientes a las sanciones a los giros rojos o negros en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. En este sentido, se informó que los ocho municipios actualizaron el padrón de giros rojos y/o negros mismos que fueron entregados al Grupo Coordinación Morelos para su análisis y atención correspondiente. El Grupo de Coordinación Morelos es un grupo interinstitucional y multidisciplinario con instancias federales, estatales y municipales, en la que se coordinan acciones de seguridad en la entidad. Así mismo, los ocho municipios en coordinación con las diferentes autoridades y dentro del ámbito de su jurisdicción, han realizado operativos para revisar el funcionamiento y apego a la normatividad municipal de centros nocturnos, bares, restaurantes familiares y tiendas de abarrotes, todos con ventas de bebidas alcohólicas. Municipio Operativos/Inspecciones Sanciones Clausuras Cuautla – – – Cuernavaca NR NR NR Emiliano Zapata – – – Yautepec ND/800 – 9 Xochitepec 4/500 3 3 Temixco 5 i 30 Puente de Ixtla No precisa 0 0 Jiutepec 18 88 24 Notas: i Además se reportan dos programados para noviembre y diciembre. De estos operativos destaca que en Xochitepec se detectó que uno de los giros no contaba con licencia, existían anomalías, trabajando a altas horas de la noche y teniendo menores de edad en el establecimiento. Tercera acción: instalar alumbrado público y mejorar el existente En el PIM, dicha acción corresponde a la línea 2.3.4 “Instalar alumbrado público y mejorar el existente en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Para 2016, se reportó la instalación y reparación de lámparas y focos en las zonas y colonias de mayor incidencia delictiva contra las mujeres, conforme al semáforo de violencia contra las mujeres, en los municipios de Cuautla (28), Emiliano Zapata (ND), Temixco (2,312), Jiutepec (1,688), Puente de Ixtla (860), Yautepec (52) y Xochitepec (147). Cuernavaca no reportó mejoras en este rubro. Asimismo, resalta que entre estos municipios, Xochitepec es el único que reporta el padrón completo de luminarias y aquéllas faltantes por reparar. 2 Cuarta acción: implementar mecanismos de vigilancia y seguridad pública, como la instalación de cámaras de video y postes de emergencia en puntos estratégicos. Se sugiere que la estrategia de vigilancia sea efectuada prioritariamente por mujeres Al respecto, el PIM dirige esta acción a través de la línea 2.3.5 “Impulsar la instalación de cámaras de video y postes de emergencia en puntos estratégicos en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Se informa que la Comisión Estatal de Seguridad Pública a través del Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (en adelante, C5) ha instalado alarmas vecinales y cámaras de video vigilancia en diferentes puntos de los ocho municipios que cuentan con declaratoria de AVGM y se informa en general su número por municipio. En este sentido, se encuentran operando 145 cámaras de video vigilancia en los ocho municipios de la alerta y 99 cámaras instaladas. Por su parte, se han instalado 78 alarmas vecinales y destaca que es en Yautepec donde mayor se concentran éstas (45). Quinta acción: incrementar la vigilancia y seguridad en el transporte público, como el rastreo por georreferenciación Al respecto, el PIM marca una línea de acción más general 2.3.6 “Impulsar los mecanismos de vigilancia y seguridad en el transporte público que opera en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. De este modo, en el municipio de Emiliano Zapata se han realizado operativos a las unidades del transporte público que transitan en las colonias de mayor incidencia que marca el semáforo de violencia contra las mujeres. Cabe señalar, que el estado no cuenta con estudio alguno que dé evidencia de la violencia de género que sufren las usuarias del servicio público de transporte, que permita impulsar mecanismos de vigilancia e implementar políticas públicas tendientes a la prevención de violencia contra las mujeres en el transporte público. En este sentido, el diagnóstico se llevará a cabo en 2017 con la finalidad de atender puntualmente dicha problemática en la entidad. Particularmente, el municipio de Temixco refirió que si bien no cuenta con un diagnóstico sobre la violencia que llegan a sufrir las mujeres en el transporte público, llevará a cabo el mismo. Sexta acción: difundir información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia y crear los protocolos necesarios para su efectivo funcionamiento El estado reportó esta acción dentro de la estrategia 2.1 “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”; específicamente, en la línea de acción 2.1.9 “Difundir información sobre líneas de apoyo a mujeres víctimas de violencia en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Al respecto, informó sobre la continuidad de diversas capacitaciones con enfoque de género dirigidas a los servidores públicos en 2016. Por parte de la Fiscalía General del Estado de Morelos, la Comisión Estatal de Seguridad Pública, y el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, se hizo difusión de las diferentes líneas de apoyo a las mujeres víctimas de violencia En cuanto a los protocolos, a través del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos se impartió una certificación estándar de competencia ECO497 de Orientación Telefónica a Mujeres y Víctimas de Violencia Basada en el Género a quince servidoras y servidores públicos que atienden la diferentes 3 líneas de apoyo de mujeres víctimas de violencia, instaladas en la Comisión Estatal de Seguridad Pública (066, Telammor) y en el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos (075, 01 800 911 1515). Respecto a este último, se certificó a una psicóloga (jefa del departamento de la Línea de la Mujer) y a una abogada (jefa de departamento de asistencia legal). La Comisión Estatal de Seguridad Pública durante el periodo diciembre 2015 – abril 2016 brindó capacitación tanto a las y los operadores de la línea TELEAMMOR, y de las cámaras de video vigilancia: • Capacitaciones impartidas a las y los operadores de 089 Denuncia Anónima. • Capacitación sobre Secuestro y Extorsión, impartido por la División de Investigación de la Policía Federal; durante enero de 2016. • Certificación en Atención Telefónica a Mujeres y Victimas de la Violencia Basada en Género, impartido por el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos en coordinación con “Conocer”; durante febrero de 2016. • Curso Especializado en Primeros Auxilios Psicológicos y Manejo de Llamadas Criticas, impartido por NENA 911; durante el marzo de 2016. • Capacitaciones impartidas a las y los operadores del Número de Emergencias 066 y TELAMMOR. • Certificación en Atención Telefónica a Mujeres y Victimas de la Violencia Basada en Género, impartido por el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos en coordinación con “Conocer”; durante febrero de 2016. Respecto a esta certificación, la CES informó que se recibió por diez elementos y fue replicada a 45. • Curso Especializado en Primeros Auxilios Psicológicos y Manejo de Llamadas Criticas, impartido por NENA 911; durante abril 2016. Séptima acción: crear una aplicación para teléfonos inteligentes que permita a las mujeres víctimas de violencia el acceso inmediato a los servicios de atención y seguridad El estado reportó esta acción dentro de la estrategia 2.1 “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos; específicamente en la línea de acción 2.1.10 “Crear una aplicación para teléfonos inteligentes que permita a las mujeres víctimas de violencia el acceso inmediato a los servicios de atención y seguridad”. Desde la creación del ícono Programa Integra Mujeres Morelos, en diciembre de 2015, se reportan 6,694 descargas de la App 911 Móvil Morelos (antes 066 Móvil Morelos, así como del número de notificaciones a través del ícono de Integra Mujeres). A través de esta vía se han recibido 136 notificaciones y atendido 46 reportes reales sobre violencia de género contra las mujeres. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta El GIM reconoce los esfuerzos realizados por el estado. Particularmente, lo referente a reforzar las acciones de seguridad pública de conformidad con la información del Semáforo de Violencia contra las Mujeres. Derivado de esta herramienta que les brinda información mensual, ha permitido mejorar su atención en las colonias de alto riesgo. En este sentido, se reconocen esfuerzos de municipios como Emiliano Zapata donde utilizan esta información, no sólo para las acciones de recuperación del espacio público señaladas en esta medida, sino para todas las relacionadas que ejecuta la Dirección de Prevención del Delito. En cuanto a la segunda acción, el grupo valora el gran número de operativos llevados a cabo por el estado. No obstante, observa que sólo Jiutepec informa sobre el tipo de sanciones y las razones por las cuales éstas se emitieron. Asimismo, se reconocen los esfuerzos de los municipios para llevar a cabo los operativos, particularmente los ejecutados por el municipio de Yautepec, e insta a los 4 municipios de Cuautla, Cuernavaca y Emiliano Zapata a llevar a cabo las acciones necesarias para acabar con los giros negros en sus municipios. Respecto a esta medida, el grupo considera que las acciones realizadas por el estado presentan un avance razonable, no obstante, por la naturaleza de la medida, considera que esta se encuentra en proceso de cumplimiento. Por lo que toca a la instalación de alumbrado público, se advierte que Cuautla, Temixco, Puente de Ixtla, Jiutepec, Yautepec y Xochitepec informaron mejoras en este rubro y aportaron las evidencias respectivas. Si bien el municipio de Emiliano Zapata reportó haber mejorado la instalación de alumbrado público en varias colonias del municipio, éste no reportó evidencias que comprueben la realización de estas obras públicas. Por su parte, el municipio de Cuernavaca no reportó información al respecto. En este sentido, es importante conocer, como lo reporta Xochitepec, el padrón de luminarias en el municipio (en total y en las colonias con alto índice de violencia contra las mujeres conforme al semáforo), el avance en la reparación e instalación de las luminarias (en las colonias del semáforo), y la cantidad faltante. En cuanto al cuarto indicador, el estado refiere mecanismos de vigilancia con la instalación de cámaras de video y postes de emergencia, si bien se advierte un avance en cuanto a la instalación, existe una discrepancia, ya que el número de cámaras instaladas en los municipios de Xochitepec, Cuautla, Yautepec y Puente Ixtla son mayores que las que se encuentran en funcionamiento. Aunado a ello, no se brindan elementos para referir que la instalación de las cámaras se lleva a cabo en respuesta a los índices de violencia contra las mujeres. En este sentido, no es posible conocer si el número de cámaras instaladas corresponde al nivel poblacional, demanda, incidentes registrados o extensión. Por ejemplo, en Cuernavaca se instalaron 14 cámaras, mientras que en Jiutepec sólo tres. Asimismo, se tiene que en Yautepec se instalaron 45 alertas vecinales, mientras que en Xochitepec fueron dos. Si bien se reconoce que en el municipio de Emiliano Zapata, se han llevado a cabo operativos en unidades de transporte público, no es posible conocer el impacto o consecuencia de los mismos. En este sentido, el GIM considera que es imperativo realizar el estudio mencionado en el informe, no sólo para conocer la problemática sino también preguntarles a las mujeres usuarias su opinión sobre las posibles soluciones ante la misma. En cuanto a la difusión de información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia y la creación de los protocolos necesarios para su efectivo funcionamiento, el GIM advierte que, de manera genérica, se ha llevado a cabo un avance razonable por lo que se considera por cumplida esta media. No se omite señalar que el estado había informado cómo se había realizado esta difusión durante los primeros seis meses de declarada la alerta, sin embargo, como toda acción de difusión, esta debe ser continua y progresiva para que la población se mantenga informada. Por lo que es indispensable que se siga haciendo y se cuenten con los mecanismos de evaluación de su impacto. Ahora bien, en relación con la necesidad de contar con protocolos para su efectivo funcionamiento, el grupo reconoce los esfuerzos del estado para certificar a los operadores. En este sentido, se advierte que las y los operadores del número de emergencias 066 y Teleammor han recibido la certificación de atención telefónica a mujeres víctimas de violencia basada en género, impartida por el IMEM en coordinación con “Conocer” y fueron beneficiadas diez personas y posteriormente fueron replicadas a 45 elementos de la CES. Asimismo, se advierte que asistieron al curso especializado de primeros auxilios psicológicos y manejo de llamadas críticas, impartido por nena 911. En este sentido, el GIM considera también que existe un avance considerable y estima necesario para el seguimiento conocer el porcentaje de personas que atienden a mujeres víctimas de violencia que se encuentran 5 capacitadas, así como la periodicidad con la que deben recibir dicha capacitación. Lo anterior, en atención del movimiento de personal que existe a lo largo del tiempo en las instituciones. En este sentido, el grupo valora los esfuerzos reportados por el estado y lo invita a implementar procesos de evaluación constante, para mejorar la atención a través de estas intervenciones. Por lo que toca a la App 911 Móvil Morelos el grupo de trabajo considera que esta medida se encuentra cumplida. Sin perjuicio de la anterior, se considera indispensable que el estado evalué su funcionamiento y conozca la percepción de las usuarias sobre la facilidad o no para acceder a los servicios de atención y seguridad con la finalidad de mejorar dicha aplicación. En este sentido, se considera que la presente medida se encuentra cumplida en cuanto a la segunda, sexta y quinta acción; por su parte, en cuanto a la naturaleza de mediano plazo, se encuentran en proceso de cumplimiento la primera, tercera y cuarta acción, y la quinta acción no presenta avances considerables ya que desde que se declaró la AVGM sólo se ha verificado que no existe un diagnóstico estatal sobre la violencia contra las mujeres en el transporte público. Por su parte, se considera que de la primera a la quinta acción no se encuentran cumplidas por parte del municipio de Cuernavaca. III. Tercera medida de seguridad a) Medida establecida en la declaratoria Crear módulos de atención inmediata a mujeres en situación de riesgo en los municipios que comprende la declaratoria de AVGM. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia multidisciplinaria (abogadas, psicólogas, médicas, trabajadoras sociales y elementos de seguridad) y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. b) Acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo Primera acción: creación de módulos de atención inmediata que contemplen la asistencia multidisciplinaria Esta acción se enmarca en la estrategia 3.3 del PIM: “Fortalecer las instituciones involucradas en la prevención, atención y sanción que integran el SEPASE”, en la línea 3.3.2 “Promover la creación de módulos de atención inmediata a mujeres en situación de riesgo en los municipios donde fue declarada la AVGM”. En este sentido, se llevó a cabo la creación de los siguientes módulos: Municipio Inicio Instancia coordinadora Servicios brindados Personal Horarios de atención Cuautla Junio 2016 Ayuntamiento Asesoría legal, atención psicológica, medidas de protección y acompañamiento o canalización. Dos psicólogas, dos abogados y una abogada, una encargada administrativa y auxiliar, en el turno de guardia se encuentran dos auxiliares administrativos. 24 horas Cuernavaca Ayuntamiento Sin información Emiliano Zapata Octubre 2016 Ayuntamiento Canalización a la Unidad Especializada en Atención a Mujeres Dos personas de seguridad pública, capacitadas en perspectiva de género 24 horas 6 Víctimas de Violencia Doméstica, así como a la Instancia municipal de la mujer. por el IMEM. Jiutepec Enero 2016 DIF Asesoría legal, atención psicológica, atención inmediata y acompañamiento o canalización. Cuenta con un director, dos jefas de departamento en atención a mujeres, asesoría legal y seguimiento, dos asesoras jurídicas y tres psicólogas. 8 horas de atención Temixco Agosto 2016 Instancia Municipal de la Mujer Atención inmediata (asesoría jurídica y psicológica) en el turno matutino y canalización durante las 24 horas. Una psicóloga y una abogada. 24 horas Puente Ixtla CEDEM Instancia Municipal de la Mujer en coordinación con DIF, Prevención del delito, Sindicatura, jueces cívicos, Dirección de Derechos Humanos y Regiduría de Equidad de Género. Asesoría legal, atención psicológica y canalización. Una psicóloga, una trabajadora social y un abogado. Xochitepec Instancia Municipal de la Mujer Asesoría legal, atención psicológica y acompañamiento o canalización. Una abogada y una psicóloga. Yautepec Octubre de 2016 DIF Asesoría legal, atención psicológica, trabajo social, atención médica y personal de seguridad pública. Una psicóloga, una trabajadora social, una abogada, un médico y personal de seguridad pública. 24 horas Segunda acción: protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes En este sentido, Cuautla, Jiutepec y Yautepec remitieron su protocolo de atención; por su parte, Temixco y Puente Ixtla señalaron el procedimiento de atención que se sigue en su módulo. Cuernavaca, Emiliano Zapata y Xochitepec no proporcionaron información al respecto. 7 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta El grupo valora que algunos municipios han llevado acciones más concretas para la creación o funcionamiento adecuado de un módulo de atención para la mujer. No obstante, se advierte una falta de coordinación con el estado para que, en consideración del funcionamiento de cada municipio, se establecieran estándares mínimos para la conformación de dichos módulos. Por ejemplo, sólo cuatro municipios tienen atención de 24 horas y sólo en Yautepec se provee atención médica. De igual forma, se advierte que alguno de los municipios tienen identificado el presupuesto para estos módulos, han llevado a cabo la adecuación de un Protocolo para la atención de mujeres víctimas de violencia y en casos como el de Cuautla han conformado una base de datos que les permite conocer no sólo el número de atenciones, sino brindar un informe más detallado sobre las características sociodemográficas de las mujeres que acuden. Finalmente, no pasa desapercibido que el municipio de Cuernavaca no reportó información al respecto. En este sentido, se advierte que esta medida se encuentra parcialmente implementada. IV. Cuarta medida de seguridad a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Emprender acciones inmediatas y exhaustivas para valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia; particularmente, se brindará protección inmediata y pertinente en casos de violencia familiar. Para ello, se deberán generar los correspondientes protocolos de valoración del riesgo, de actuación, de reacción policial y de evaluación. Por su parte, el informe señala como décima propuesta: Dictar las órdenes de protección correspondientes en todos los casos en los que exista un riesgo de daño a las mujeres víctimas de violencia, de conformidad a lo dispuesto por las leyes general y local de acceso, y el Reglamento para la Aplicación en Materia de Violencia contra las Mujeres y Violencia Familiar para el Estado de Morelos. Realizar un análisis de riesgo, en todos los casos, a fin de que las medidas de protección ordenadas sean adecuadas e idóneas. Asimismo, deberá implementarse un mecanismo de seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas de forma periódica. Crear un registro administrativo de todas las órdenes de protección dictadas por las autoridades competentes. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado informó que para implementar esta medida ha realizado las siguientes acciones. Primera acción: generar protocolos de valoración del riesgo, de actuación, de reacción policial y de evaluación El estado indicó que vinculó dicha acción a las líneas 4.2.1. “Diseñar un protocolo único para la emisión de órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia, que permita valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente cada una”, así como 4.2.2 “Generar el protocolo de valoración del riesgo, de actuación, de reacción policial”. 8 Al respecto, reportó que el 18 de noviembre de 2015, se publicó el Protocolo de Órdenes de Protección y que el 11 de enero de 2016, se publicó el Protocolo de Actuación de los Elementos Policiales de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, en relación con la valoración del riesgo, de actuación y de reacción policial. En este último documento se identifican los siguientes rubros para el análisis del riesgo: o El tipo de relación que sostenía con el agresor. o Los antecedentes del agresor y su entorno. o La situación familiar, social, económica y laboral tanto de la víctima, como de la persona agresora. o Antecedentes de denuncia por parte de la víctima hacia el agresor y haberse desistido. o Haber restablecido su relación o trato con el agresor. o Haber permitido y no manifestado alguna restricción impuesta para el agresor. – Algunos criterios para evaluar riesgo de violencia de género son: Amenazas o ¿La amenaza de muerte? o ¿La amenaza con ocasionarle un daño grave? o ¿La amenaza con suicidarse? o ¿La amenaza si lo deja? o ¿Las amenazas incluyen a otras personas? – Antecedentes de la violencia o ¿Cada vez es más violento? o ¿Sus agresiones son más graves? – ¿Ha agredido a los hijos? o ¿La ha agredido durante el embarazo? o ¿La ha obligado a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad? o ¿La ha intentado estrangular? o Armas o ¿Existen armas en el domicilio? o ¿El agresor puede acceder a ellas sin problemas? o ¿Anteriormente el agresor ha utilizado alguna arma en contra de usted? – Convivencia o ¿Tienen hijos en común? o ¿Están casados? o ¿Depende económicamente del agresor? o ¿El agresor tiene pensamientos y conductas posesivas? o ¿La cela? – Acoso o ¿Ejerce algún control sobre usted? ¿De qué tipo? o ¿El agresor solicita a otras personas vigilarla? o ¿El agresor ha intentado contactarse con sus amistades, familiares o compañeros de trabajo? – Control o ¿El agresor la controla económicamente? o ¿El agresor la controla en sus actividades? o ¿El agresor la controla y le dice qué hacer? – Otros problemas del agresor o ¿El agresor consume alguna droga o ingiere bebidas alcohólicas en exceso? o ¿Se encuentra diario en estado de intoxicación? o ¿Actúa de forma violenta en cualquier ámbito? o ¿Suele deprimirse? o ¿Cuenta con antecedentes personales de violencia en su infancia? o ¿Cuenta con antecedentes penales por otros delitos? Derivado de lo anterior, de acuerdo a la cantidad de respuestas afirmativas, se procede conjuntamente con la víctima a realizar un análisis sobre las probabilidades de vivir una nueva agresión o encontrarse en riesgo bajo, medio, alto o extremo. Segunda acción: emprender acciones inmediatas y exhaustivas para valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia Para implementar esta acción, el estado incluyó las líneas 4.2.3 “Operar un registro administrativo de órdenes de protección y la implementación de las mismas por parte de las autoridades facultadas para tal efecto” y 4.2.4 “Generar reportes sobre el seguimiento de las medidas de protección implementadas”. 9 Como se refirió en el reporte de cumplimiento de las propuestas y conclusiones del informe del grupo de trabajo, se cuenta con el Registro Administrativo de Órdenes de Protección otorgadas a Mujeres Víctimas de Violencia, para ello se remitió captura de pantalla del mismo. En cuanto al seguimiento, señala que el 23 de febrero de 2016, el Comité Técnico de Registro, Control y Seguimiento de las Órdenes de Protección, se reunió para revisar y dar seguimiento a las órdenes de protección emitidas. El estado también reporta que la Unidad Especializada de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica (Cuernavaca) es la encargada de replicar la capacitación del Protocolo de Actuación Policial en materia de Violencia de Género para el Estado de Morelos, en este se han capacitado a 32 elementos en Tlaltizapán. Asimismo, se brindó capacitación a 72 elementos de los ocho municipios, sin embargo, se advierte que 28 de ellos no asistieron al menos a la mitad de las ocho sesiones programadas. A partir de los números reportados de órdenes protección emitidas por la Fiscalía General del Estado, se observa que de enero a abril se otorgaba un promedio mensual de 22 órdenes en la Fiscalía Regional Metropolitana, ocho en la Fiscalía Regional Oriente y 15 en la Fiscalía Regional Sur Poniente. Para el periodo de mayo a octubre el promedio correspondió a 135, 6 y 9, respectivamente. En total, el estado informó que se han otorgado 1,914 órdenes de protección (sólo dos de ellas las ha solicitado el Tribunal Superior de Justicia, las restantes fueron otorgadas por la Fiscalía). De las dictadas por la Fiscalía ocho corresponden a custodias y 1,904 a recorridos de seguridad y vigilancia. En cuanto al seguimiento de las órdenes de protección, el estado reporta que éste se da a través del intercambio de bases de datos tanto de la Fiscalía General, como del a Comisión Estatal de Seguridad Pública. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida El grupo reconoce los avances en este rubro, la emisión de los Protocolos y la capacitación han generado que se emita mayor número de órdenes de protección. En este sentido, se advierte que las capacitaciones van acompañadas del aumento en el número de órdenes de protección emitidas y las capacitaciones en la implementación de los protocolos mencionados. Asimismo, se valora la labor de capacitación en relación con el Protocolo de Actuación de los Elementos Policiales de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, en relación con la valoración del riesgo, de actuación y de reacción policial. No pasa desapercibido que el 38.8% no asistió al menos a la mitad de las sesiones desarrolladas. En este sentido, el GIM considera necesario reforzar las medidas para asegurar la correcta atención a las capacitaciones de manera que los recursos públicos se utilicen de forma eficiente y un mayor número de servidoras y servidores públicos se encuentren capacitados. De igual manera, se requiere que esta información se desagrege por el sexo del personal capacitado. Sin perjuicio de lo anterior, en el tema de seguimiento, el estado no reporta acciones del Tribunal, quien es también integrante del Comité Técnico de Registro, Control y Seguimiento de las Órdenes de Protección. Asimismo, se observa que el Tribunal sólo ha emitido dos órdenes de protección de las atendidas por la CES. En consecuencia, se recomienda a la entidad reforzar los canales de coordinación con el Poder Judicial para impulsar la presente medida. Para el seguimiento de la presente medida, se considera necesario que el estado genere un reporte para este grupo, sobre el seguimiento e implementación de las medidas dictadas, con datos agregados como sigue: 10 – Órdenes solicitadas – Órdenes emitidas – Fecha – Acciones en que consiste la orden de protección – Autoridad que emite – Incidentes de violencia presentados – Seguimiento En resumen, se advierte que la primera acción se encuentra cumplida y, en cuanto a la segunda acción, el estado ha avanzado en la implementación de esta medida. No obstante, el grupo considera que la misma se encuentra en proceso de cumplimiento ya que la misma deriva en gran parte de la creación de la Unidad Especializada de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica, que si bien actualmente cuenta con 25 elementos, para el transcurso del presente año se proyecta que cuente con 183 elementos de 250 con los que se planea integrar. V. Quinta medida de seguridad a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Crear y/o fortalecer las agrupaciones estatales, municipales o mixtas especializadas en seguridad pública, así como células municipales de reacción inmediata. Estas agrupaciones deberán integrarse multidisciplinariamente, actuar coordinadamente entre ellas y otros actores estratégicos, y su personal deberá estar capacitado para ejecutar sus funciones con perspectiva de género. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo Primera acción: Creación y/o fortalecimiento de agrupaciones estatales, municipales o mixtas especializadas en seguridad pública, así como células municipales de reacción inmediata para ejecutar sus funciones con perspectiva de género El estado informó que para implementar esta medida dentro de la estrategia 2.3. “Fomentar la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia, mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”, se incluye la línea de acción 2.3.7 “Promover la formación de cuerpos de seguridad especializados en la atención de la violencia contra las mujeres”. En este sentido, y como medida adicional a las propuestas y conclusiones contenidas en el informe del grupo de trabajo, la Comisión Estatal de Seguridad Pública (en adelante, CES) determinó la creación de la Unidad Especializada en Víctimas de Violencia Doméstica, para prevenir, atender y reducir las situaciones en las que se violenten los derechos de las mujeres. Dicha unidad inició operaciones el 30 de mayo de 2016 y está integrada por 19 elementos. En cuanto a la futura integración de la Unidad, el estado señala que desde su creación en 2015, se proyectó que la misma se integrara por 250 elementos. Durante 2017, se planea sumar un total de 183 operativos: 40 (Torre Morelos), ocho en Cuautla, 25 en Cuernavaca, 20 en Xochitepec, 25 en Emiliano Zapata, 20 en Temixco, 20 en Jiutepec, 15 en Yautepec y diez en Puente de Ixtla. Para formar parte de esa unidad, el personal debe aprobar, además de los controles de ingreso a la corporación, un filtro realizado por el Centro de Evaluación C3. En cuanto a la capacitación recibida, este personal fue capacitado en cuatro ejes: perspectiva de género y violencia de género; marco 11 normativo aplicado a la violencia familiar, la realidad social y su relación con la violencia familiar, y la violencia familiar. Desde su puesta en marcha hasta octubre de 2016, la Unidad ha atendido a 165 víctimas de violencia doméstica (160 mujeres y 5 hombres). Adicionalmente, se han capacitado a 728 policías pertenecientes al Mando Único sobre derechos humanos de las mujeres, en el marco de la formación inicial como parte del Programa Formación Inicial Policial. Segunda acción: protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes El 11 de enero de 2016 fue publicado en el Periódico Oficial, el Protocolo de Actuación de los Elementos Policiales de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, dependiente de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal en materia de violencia de género en el estado de Morelos. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta En cuanto a la primera acción, el grupo valora el diseño de la Unidad Especializada para atender, con perspectiva de género, la violencia de género contra las mujeres en la entidad. Sin embargo, se considera insuficiente considerando la población objetivo y el porcentaje de casos de violencia familiar que se reportan a través del ahora 911. Si bien en Morelos existe el Mando Único, 19 elementos son insuficientes para cubrir ocho municipios, por lo que se considera de forma positiva la integración de un total de 183 elementos para la unidad, sobre todo en consideración de sus funciones, que incluyen más que salvaguardar la seguridad pública. Sin perjuicio de lo señalado, el grupo considera necesario cambiar el término en congruencia con múltiples instrumentos legislativos y recomendaciones nacionales e internacionales en el contexto de la cultura latinoamericana sobre el problema que conlleva el uso del término “violencia doméstica”. Por su parte, la capacitación de los 728 policías pertenecientes al Mando Único, se presenta como una buena práctica de sensibilización a los elementos de policía, sin embargo, el grupo no cuenta con los elementos necesarios para determinar su efectividad ya que se desconoce el número de horas y temario de la instrucción. Por lo expuesto, el grupo considera que la presente medida se encuentra parcialmente cumplida, toda vez que no cuenta con elementos que permitan determinar la manera en que se dará continuidad a la Unidad Especializada. En cuanto al Protocolo de Actuación, éste había sido reportado en el Informe de cumplimiento de las propuestas contenidas en el informe del grupo de trabajo y quedaba pendiente su aprobación y publicación, por lo que se da por cumplida esta acción. VI. Primera medida de prevención a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Con base en lo establecido por el artículo 23, frac. III de la Ley General de Acceso, esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar 12 estadísticas, diagnósticos, análisis y reportes periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas. Para ello, se sugiere crear un Semáforo de Violencia Feminicida que permita diseñar y ejecutar planes de atención preventiva adecuados al comportamiento de la incidencia delictiva. Para la efectiva ejecución de esta medida es indispensable la coordinación de, entre otras instancias, la de la Fiscalía General, la Comisión Estatal de Seguridad Pública, la Secretaría de Salud y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos. La información vertida en este banco deberá ser reportada también al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim). Por lo que hace al Banco de Datos, la novena propuesta del informe del grupo de trabajo indica: Integrar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, de forma que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 73 del Reglamento de la Ley local de Acceso y respete la legislación aplicable en materia de protección de datos personales y acceso a la información pública. Dicha base de datos deberá alimentar al Banavim. En este sentido, el grupo de trabajo considera indispensable que dicho banco estatal conforme una base de datos única, integrada y actualizada, en la que confluyan todos los casos de violencia contra las mujeres, y que sea alimentada con la información de todas las instancias involucradas en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mismas. Dicha base de datos deberá proveer información al estado de Morelos sobre la violencia contra las mujeres en la entidad, sus patrones y características, a fin de diseñar políticas públicas a nivel estatal y municipal en la materia. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida El estado alineó esta medida a la estrategia 5.2 “Generar y establecer instrumentos para el seguimiento y avance en la erradicación de la violencia contra las mujeres en el estado de Morelos”. Primera acción: Integrar la Base Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres Esta acción se contempla en la línea 5.2.1 “Integrar el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, de forma que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 73 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos y respete la legislación aplicable en materia de protección de datos personales y acceso a la información pública”. Al respecto, el estado informa que debido a la falta de presupuesto para la adquisición del hardware y de los recursos humanos necesarios para su operación no se ha podido avanzar en esta medida. Segunda acción: monitoreo de las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas, diagnósticos, análisis y reportes periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas Dicha acción es recogida en el PIM a través de la línea 5.2.3 “Monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas, diagnósticos, análisis y reportes periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, 13 instrumentar políticas públicas efectivas”. Al no reportar avances respecto de la acción anterior, tampoco se reportó de ésta. Tercera acción: crear un Semáforo de Violencia Feminicida que permita diseñar y ejecutar planes de atención preventiva adecuados al comportamiento de la incidencia delictiva Al respecto, el PIM señala en la línea 5.2.5 “Crear un semáforo de violencia contra las mujeres, que permita diseñar y ejecutar planes de atención preventiva adecuados al comportamiento de la incidencia delictiva”. En relación con el último punto de la línea citada, el PIM señala la realización de marchas exploratorias para identificar zonas de riesgo para las mujeres en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM a través de la línea 2.1.5. Por lo que hace a la creación del Semáforo de Violencia, la Comisión Estatal de Seguridad está encargada de la coordinación de su integración con la información de distintas instancias. En este sentido, el estado reportó el proceso para su integración: I. Se realizan tablas totales correspondientes al mes y periodo actual, obteniendo variables con periodos anteriores. II. Se elabora un mapa de los municipios que han sido identificados como los de alta, mediana y baja incidencia en delitos en contra de mujeres. III. Con respecto a las llamadas de 911, se realiza un comparativo con el total de carpetas que se iniciaron en el periodo en mención, por lo tanto se identifica el número de personas que iniciaron una carpeta de investigación por este delito y el porcentaje de ello, conlleva al no denunciado. IV. Se identifica a los municipios de mayor incidencia y se observa la tendencia de manera mensual del total de llamadas del 911. V. Se elaboran tablas de personas puestas a disposición por el Mando Único y se identifica los municipios de mayor incidencia. VI. Se realizan tablas de acciones realizadas por municipios en colonias con alta, mediana y baja incidencia y el tipo de apoyo que se brinda a las mujeres. VII. Se elabora una tabla de las llamadas recibidas al servicio de emergencia TELAMOR, indicando si a la persona se le brindó apoyo, canalización y seguimiento al problema en cuestión. Como consecuencia, se obtienen estadísticas sobre los municipios con mayor incidencia en el periodo, días y horas de los hechos, edades de las víctimas y mapa de Morelos de la incidencia alta, media y baja en municipios, permitiendo al estado y a los municipios conocer el comportamiento delictivo en contra de las mujeres en forma mensual y tener elementos para valorar la eficacia de las políticas públicas implementadas. A partir de la información que se obtiene del semáforo, se pueden realizar los patrullajes preventivos de seguridad y vigilancia, las marchas exploratorias, el rescate de espacios públicos, la integración de Comités de Vigilancia y las acciones de prevención del delito en contra de las mujeres. En este sentido, el estado incluyó como línea de acción del PIM 2.1.5. “Realizar marchas exploratorias, que permitan identificar zonas de riesgo para las mujeres en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. Dichas marchas fueron realizadas en colonias de alto riesgo, en los ocho municipios con AVGM. El encargado de esta acción es el Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con participación Ciudadana, Mando Único, las áreas municipales de Prevención del Delito, las Instancias Municipales de la Mujer y la Policía de Investigación Criminal adscrita al Centro de Justicia para las Mujeres. 14 Cuarta acción: Alimentar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim) Esta acción es recogida en el PIM a través de la línea 5.2.2 “Promover la integración y alimentación del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM)”. Al respecto, Morelos informó que el Sistema DIF estatal y la Fiscalía han alimentado dicha base de datos, registrando 295 y 764 casos, respectivamente. Por su parte, el IMEM refirió que no ha recibido la información correspondiente de las instancias encargadas de la atención y procuración de justicia de las mujeres víctimas de violencia. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida y propuesta Derivado del análisis de la información proporcionada por el estado, se advierte que las primeras dos acciones de esta medida no se encuentran implementadas. Lo anterior, en consideración de que desde que se emitió el informe del grupo de trabajo el estado aceptó la novena propuesta, relativa a la creación del banco estatal de datos, su sistematización e interconexión, y la entidad no ha podido implementarla. Al analizar los informes se advierte que desde noviembre de 2014 el IMEM ha buscado acceder al recurso para la adquisición de equipo y contratación de personal suficiente para operar el banco. No obstante, han transcurrido tres procesos de aprobación de presupuesto de egresos sin que se accedan a estos recursos. En este sentido, la disposición del software al que se hace referencia no significaría ningún cambio sustancial en el cumplimiento de la medida, ya que como se reportó con anterioridad el software ya había sido otorgado. Es importante considerar que de la operación de este banco depende la sistematización y actualización de la información por las instancias responsables, y su uso para la toma de decisiones, la creación de políticas públicas y el seguimiento de los casos a partir del expediente único que se genere para cada víctima por parte de las dependencias de una forma coordinada. Por lo anterior, el GIM considera que el cumplimiento de la integración el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 73 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos no ha sido cumplido. La falta de un Banco Estatal impide que se haga un monitoreo adecuado de las tendencias de la violencia contra las mujeres en Morelos, con información de todas las instancias que atienden estos casos, por lo que la segunda acción relativa a la realización de estadísticas y reportes periódicos para conocer las características y patrones de violencia, se encuentra incumplida. Sin perjuicio de lo anterior, el GIM advierte que a pesar de no haber implementado el Banco Estatal de Datos, creó el Semáforo de Violencia a partir del índice delictivo. Si bien el grupo había considerado inicialmente que el Semáforo debía alimentarse de la información del Banco, ya que en su diseño incluye información de todas las instancias que atienden a mujeres víctimas de violencia, el grupo reconoce los avances realizados por el estado para integrar el Semáforo de Violencia, que se integra con información de las llamadas de emergencia y las denuncias ante las agencias de ministerio público. Otra diferencia a considerar es la publicidad de la información del Semáforo y el Banco Estatal. El grupo considera que es necesario que la población pueda acceder a información desagregada, fácil y sencilla, como podría ser un mapa del municipio; así como una clasificación de los delitos de género que han sido identificados. En este sentido, el Banco Estatal está pensado para que la población pueda acceder a estadísticas confiables, sin embargo, debido a que del Semáforo de Violencia alimenta las 15 acciones y política de seguridad pública, no es posible hacerlo público; por tanto, actualmente la población no tiene una fuente que le permita conocer el fenómeno. El Semáforo de Violencia ha permitido detectar las zonas de alto riesgo para implementar otras medidas de la alerta. Por lo anterior, el grupo considera que en lo referente a este punto, la propuesta ha sido cumplida. Sin perjuicio de ello, es importante que el estado cuente con la información del Banco Estatal de Datos y el Semáforo, ya que la fuente de información de los mismos resulta diversa y su contraste podría brindar a la entidad un mejor entendimiento sobre el fenómeno de la violencia contra las mujeres en su territorio. Por lo que hace a la cuarta acción, se valoran los esfuerzos que ha tenido la Fiscalía y el DIF estatal para reportar información directamente al Banavim, sin embargo, llama la atención que instancias como el IMEM no hagan dicho reporte en tanto el Banco Estatal no se ponga en funcionamiento. Por tanto, la medida se encuentra parcialmente cumplida En suma, el GIM considera que la medida sólo se encuentra cumplida respecto a la tercera acción en tanto que la cuarta acción presenta un avance parcial, y la primera y segunda acción no presentan ningún avance. En este sentido, la medida se encuentra parcialmente cumplida, ya que no ha habido avance alguno en la creación del Banco Estatal de Datos, pero las acciones relativas al Semáforo de Violencia han subsanado parcialmente las carencias generadas por la ausencia del primero. VII. Segunda medida de prevención a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno del estado de Morelos, que prevea un adecuado mecanismo de evaluación de resultados. La estrategia deberá ser permanente, continua, obligatoria y focalizada particularmente a las personas vinculadas a los servicios de salud y atención a víctimas, así como a los de procuración y administración de justicia, con el apoyo de instituciones y personas especializadas en la materia. Se sugiere que la capacitación prevea una evaluación de las condiciones de vida de las y los servidores públicos para eliminar la violencia de género desde su entorno primario. Esta medida deberá contemplar el fortalecimiento de las herramientas teórico-prácticas de jueces y juezas en materia de perspectiva de género y derechos humanos. Al respecto, la segunda propuesta del informe del grupo de trabajo indica: Crear programas de capacitación y profesionalización permanentes dirigidos a las servidoras y los servidores públicos encargados de la prevención, atención (incluyendo al sector salud), investigación y sanción de la violencia contra las mujeres. Tales programas deberán ser continuos y focalizados considerando las atribuciones de cada dependencia y las personas que ejercen funciones públicas. Igualmente, tienen que contar con un enfoque práctico y deben incluir a todas las funcionarias y funcionarios que realicen actividades de atención a las mujeres víctimas de violencia. En el caso de las autoridades del sector salud, debe incluir el conocimiento y la aplicación de la NOM- 046. Los programas de capacitación deberán tener un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y estar orientados a la erradicación del feminicidio, conforme a los estándares constitucionales y convencionales en la materia. En el caso de las autoridades jurisdiccionales, las capacitaciones deberán 16 dar a conocer los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos para ejercer el control difuso de convencionalidad y constitucionalidad en las resoluciones. Diseñar mecanismos de seguimiento y evaluación tanto de las personas que imparten la capacitación, como de las personas que la reciben. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida El estado informó que para implementar esta medida, estableció la estrategia 5.3 “Promover esquemas de profesionalización a prestadores de servicios y funcionarios públicos en la atención a la violencia contra las mujeres en el estado de Morelos.” Primera acción: Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno del estado de Morelos Dicha acción es recogida en sus términos por la línea 5.3.1 “Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos y perspectiva de género, dirigido a las servidoras y los servidores públicos encargados de la prevención, atención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres”, el mismo se cristaliza en el Subprograma Estatal de Sensibilización, Capacitación y Profesionalización de las y los Servidores Públicos encargados de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, publicado en el Periódico Oficial el 28 de septiembre de 2016, como parte del Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. Al respecto, el estado refirió que para identificar las necesidades y la problemática a atender para el diseño del Subprograma, se realizaron entrevistas, grupos focales y aplicación de cuestionarios con las y los servidores del SEPASE y la investigación documental. Se establecieron las fases para la operación del Subprograma, a saber: diseño, ejecución, y evaluación y seguimiento: • Diseño: a través de las comisiones se establecieron mesas de trabajo para delimitar los ejes temáticos, enfoque teórico y metodología de las capacitaciones, con lo que se generan propuestas de cada Secretaría, Dependencias, Entidad y Unidad, y se compilan los temas concentrándolos en un cuadro temático. • Ejecución: la implementación y articulación del Subprograma se realiza a través de las personas que fungen como enlaces de género de cada Secretaría, Dependencia, Entidad y Unidad, quienes son actoras y actores estratégicos que se encargan de seleccionar, convocar, acompañar, dar seguimiento y evaluar el proceso de sensibilización, capacitación y profesionalización. • Evaluación y seguimiento: a través de la coordinación con las comisiones del SEPASE, se generan mecanismos para la evaluación del impacto de las capacitaciones. Las vertientes del Subprograma consisten en tres procesos: sensibilización (de 10 a 20 horas), capacitación (de 20 a 50 horas) y profesionalización (120 horas) del personal de las Secretarías, Dependencias, Entidades y Unidades. En este sentido, se distinguen los cursos que comprenden cada uno de estos procesos según la vertiente de las funciones, es decir, si el personal es de prevención, atención o sanción. 17 Ahora bien, con relación a la segunda propuesta del informe y la línea de acción 2.2.1 “Capacitar, difundir y monitorear el cumplimiento de la NOM 046 SSA2 2005”, el Subprograma incluye la profesionalización en el sector salud. En este sentido, se reportó la impartición del Taller-Capacitación NOM-046-SSA2-2005, que tiene por objeto fortalecer las capacidades y la sensibilización del personal de salud y profesionales involucrados en la detección y atención oportuna de la violencia familiar y de género con especial énfasis en la atención de la violencia sexual. Asimismo, entre los objetivos específicos se busca reconocer el papel que juega la identidad de género en la génesis de la violencia familiar y sexual; sensibilizar con perspectiva de género al personal médico y paramédico que brinda atención a personas que viven violencia sexual; el reconocimiento de la violencia familiar y de género como un problema de salud pública en nuestro país, entre otros. Asimismo, conforme a la línea de acción 5.3.3 del PIM, el Subprograma busca fortalecer las herramientas teórico-prácticas de juezas, jueces, magistradas y magistrados, en materia de perspectiva de género y derechos humanos. Para ello, incluye los siguientes temas para capacitar al personal: instrumentos jurídicos de la protección de los derechos humanos de las mujeres y obligación de los órganos jurisdiccionales de garantizar la justicia bajo el principio de igualdad de género. En cuanto a la profesionalización contempla los siguientes temas: criterios jurisprudenciales con perspectiva de género, uso efectivo del control judicial en la ejecución penal como mecanismo de la prevención de la tortura, litigio estratégico, sentencias vinculantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, parámetro de control de regularidad constitucional, procuración de justicia y reparación de daño con perspectiva de género y medidas de protección a víctimas de violencia de género. Segunda acción: establecer un mecanismo de evaluación de resultados del programa único, en la que se realice una evaluación del entorno de vida de las y los servidores públicos. Para atender esta acción el PIM incluye dos líneas de acción: 5.3.2 “Establecer un mecanismo de evaluación de resultados del Programa Único de Capacitación, en que se realice una valoración de las condiciones de vida de las servidoras y los servidores públicos para eliminar la violencia de género desde su entorno primario” y 5.3.4 “Generar datos que refieran al número de cursos o talleres tomados por autoridades al año, con base en el Programa Único de Capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos y perspectiva de género”. Al respecto, el Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, incluye por estrategia indicadores cuantitativos que permiten monitorear su avance. Para el caso del Subprograma que constituye la estrategia 1, del eje de prevención se establecieron los siguientes indicadores: Línea de acción del Programa SEPASE Indicador 1.1. Impulsar campañas de difusión dirigidos a las y los servidores públicos de los tres Poderes de Gobierno, Municipios y población en general, coadyuvando a una cultura de prevención de la violencia contra las mujeres con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos. Número de campañas de difusión impulsadas para la prevención de la violencia contra las mujeres con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos/ Total de campañas de difusión existentes en prevención de la violencia contra las mujeres con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos) * 100 1.2. Impulsar el Subprograma Estatal de Sensibilización, Capacitación y Profesionalización de las y los servidores públicos encargados de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, con perspectiva de género y enfoque de Número de difusiones realizadas del Subprograma / Total de difusiones programadas del Subprograma) * 100 18 derechos humanos. 1.3. Sensibilizar y capacitar a las y los servidores públicos de los tres Poderes de Gobierno, Municipios y población en general, en perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, con la finalidad de prevenir acciones de violencia contra las mujeres. Número de personas capacitadas en perspectiva de género y enfoque de derechos humanos / Total de personas del Estado) *100 Para cada categoría (personal municipal, del Poder Judicial, del Poder Legislativo, , legislativo y Poder Ejecutivo): Número de servidoras y servidores públicos (categoría correspondiente) capacitados en perspectiva de género y enfoque de derechos humanos / Total programado de servidoras y servidores públicos (categoría correspondiente))* 100 Número de talleres o cursos de capacitación con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos realizados / Total de talleres o cursos de capacitación con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos programados) *100. 1.4. Capacitar a las y los servidores públicos de los tres Poderes de Gobierno y Municipios sobre la NOM-046-SSA2-2005. Número de cursos de capacitación realizados sobre la NOM-046-SSA2-2005 / Total de cursos de capacitación requeridos sobre la NOM-046-SSA2-2005) * 100 1.5. Realizar talleres para la población adolescente en materia de prevención de violencia en el noviazgo y violencia sexual. Número de talleres realizados en prevención de violencia en el noviazgo y violencia sexual en la población adolescente / Total de talleres programados en prevención de violencia en el noviazgo y violencia sexual en la población adolescente) * 100 Asimismo, el subprograma señala que como mecanismo de evaluación y seguimiento del Subprograma en específico se deberá generar una base de datos desagregada por sexo con todas las actividades de sensibilización, capacitación y profesionalización, contando para cada actividad: lista de asistencia, evaluación pre y post, registro fotográfico, carta descriptiva, trabajo final e informe final (reporte global de la capacitación). Tercera acción: Implementación del programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno del estado de Morelos Para la sensibilización se han impartido cuatro talleres con los siguientes temas: violencia contra las mujeres, alerta de violencia de género contra las mujeres y lenguaje incluyente. Los mismos se llevan a cabo en el Centro de Capacitación de Gobierno del Estado, así como en las dependencias que lo soliciten. Para ello, se realiza una convocatoria a servidores y servidoras públicas del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial (personal operativo, mandos medios y superiores). Conforme al alcance remitido por el estado, el perfil de las personas encargadas de capacitación deben de cumplir, al menos, con: profundo conocimiento del tema a impartir, conocimiento sobre las funciones de las instituciones que atienden, previenen, sancionan y erradican la violencia contra las mujeres, experiencia docente comprobada de tres años en la temática a impartir, con licenciatura en ciencias sociales o psicológica y conocimiento demostrable de los temas que impartirán, excelente capacitad de comunicación, organizativa y de planificación. 19 Durante 2016, se capacitaron a 2,151 servidoras y servidores públicos (1,602 mujeres y 549 hombres), y concluyeron el proceso 222 mujeres y 70 hombres. Del total de estas personas, el 80.8% eran del Poder Ejecutivo, 1.7% del Poder Legislativo, 16.7% del Poder Judicial y el 1% del nivel municipal. Ahora bien, a solicitud expresa de las instancias, se capacitaron a 319 personas (196 mujeres y 123 hombres): Cuautla-Yautepec (10), Zapata (45), Tlanquiltenango (16), Xochitepec-Puente Ixtla (16), Temixco (16), Huitzilac (15), DIF Casa de la Mujeres Xochitepec (22), ISSSTE Cuautla (11), Conferencia Municipios AVGM (15), CESP (13), Tribunal Agrario (29), INEGI (18), CETIs 12 (29), CDMs (23) y Convives (42). En el nivel de capacitación, se llevó a cabo el curso de formación básica en perspectiva de género en el servicio público para replicadoras y replicadores, que benefició a 94 personas (68 mujeres y 26 hombres): 27 policías, 22 del Ayuntamiento de Cuernavaca, diez del DIF Morelos y 35 del Grupo 4. Aunado a lo anterior el IMEM impartió los siguientes talleres a policías de la Unidad Especializada de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica y a policías de los ayuntamientos de los municipios de Temixco, Emiliano Zapata, Cuernavaca, Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Puente de Ixtla y Xochitepec, como parte del proceso de capacitación: marco normativo internacional, nacional y estatal; género; tipos y modalidad de violencia contra las mujeres; lenguaje incluyente y derechos sexuales. Por su parte, la Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos, creada en octubre de 2015, impartió: • El taller de impartición de justicia con perspectiva de género y enfoque en derechos humanos, a mujeres en situación de violencia, con una duración de 60 horas (del 28 de noviembre de 2015 al 13 de febrero de 2016, con una asistencia de 33 personas. • Capacitación en el taller “Impartición de Justicia con Perspectiva de género y enfoque en los Derechos Humanos” el 11 de febrero de 2016. • Foro jurídico Morelense: los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de garantizar la justicia bajo el principio de igualdad de género, el 7 de marzo de 2016. • Diplomado “Acceso a la justicia a mujeres en situación de violencia”, del 28 de abril al 19 de septiembre de 2016, con 40 servidores y servidoras públicas beneficiadas y un total de 120 horas. • Simposio “Justicia con igualdad de género”, el 21 y 22 de abril, con la asistencia de 452 personas. • Curso-taller “Transversalizar la perspectiva de género para la prevención de la discriminación y violencia contra las mujeres”. De manera global, reporta que a octubre de 2016 se ha capacitado al 37% del personal, es decir 125 de 336 personas, entre magistradas(os), juezas(ces), secretarias(os) de acuerdos, proyectistas y operadoras(es) jurídicos. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida El grupo de trabajo reconoce los avances en el diseño del Subprograma Estatal de Sensibilización, Capacitación y Profesionalización de las y los Servidores Públicos encargados de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, ya que el mismo busca ser permanente y considera las funciones del personal para distinguir el tipo de sensibilización, capacitación y/o profesionalización a recibir. 20 Sin perjuicio de lo anterior, se aprecia que al momento de reportar los avances en la implementación del subprograma el rigor metodológico se pierde, ya que éste carece de estructura integral y estatal. Por ejemplo, resulta preocupante que en el reporte sobre los talleres de sensibilización se menciona que se proporcionarán/proporcionaron a servidores y servidoras públicos y aquellas dependencias que lo soliciten, dejando en manos de una solicitud lo que debiera ser obligatorio. Aunado a lo anterior, se considera que el tiempo previsto para la sensibilización es insuficiente, ya que en total se deben cubrir diez horas a través de cuatro talleres. En cuanto al número de personas capacitadas, se muestra un nivel de conclusión muy bajo, conforme al anexo 29, se impartieron los talleres a 1,602, pero concluyeron únicamente 292. No pasa desapercibido para el grupo de trabajo que en general las personas que asisten a los cursos son en su mayoría mujeres (más del 60% en todos los casos reportados). En este sentido, el grupo considera necesario que el estado busque mecanismos para una efectiva aplicación del Subprograma y evitar que sólo una pequeña porción concluya exitosamente los talleres, asimismo se deben llevar acciones concretas para la participación del personal de ambos sexos. En los cursos impartidos a dependencias externas y a replicadores se observa la misma preocupación, por un lado, debido a la baja cantidad de personas que los recibieron durante 2016, y por el otro, que la mayoría de quienes los recibieron fueron mujeres. Con relación al perfil de las personas que imparten los cursos, el estado anexó unos currículums de los talleristas, sin indicar que talleres brindaban, sin perjuicio de que se brinda el perfil general de las personas que deben brindar la capacitación. Por otra parte, se observa que únicamente se anexa información sustantiva sobre los cursos impartidos por el Poder Judicial (no en todos). En cuanto a la evaluación, en atención a la necesidad de conocer quiénes están acudiendo a la sensibilización, se advierte que el Subprograma incluye adecuadamente estas variables, no obstante, es necesario que la población objetivo y las metas de capacitación distingan entre el sexo de las personas que resultan beneficiadas del programa. Asimismo, en el subprograma se describe que se harán acciones de monitoreo y seguimiento sobre los contenidos de los cursos y talleres, sin embargo, no se lleva a cabo una lista ejemplificativa de dichas acciones, que debería considerar el tipo de funciones que llevan a cabo las y los servidores públicos. En virtud de lo descrito se considera que la primera acción se encuentra cumplida, mientras que la segunda y tercera acción se encuentran parcialmente cumplidas. VIII. Tercera medida de prevención a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Establecer e impulsar una cultura de no violencia contra las mujeres en el sector educativo público y privado. Para ello, se deberá diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. También, se deberá capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia y denunciarlos ante las instancias correspondientes. 21 b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 2.1 del Programa Integra Mujeres: “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”, la cual consiste en:  Incorporar en libros de texto de nivel educación básica, los temas de perspectiva de género y prevención de violencia contra las mujeres;  Diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género, que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia, y  Capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia y denunciarlo ante las instancias correspondientes. En ese tenor, el estado informó que para implementar esta propuesta ha realizado las siguientes acciones en relación con los indicadores establecidos por el grupo de trabajo en su informe: Primera acción: diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia El estado informó que como acciones complementarias a esta estrategia se incorporó un cuadernillo para los profesores de nivel de educación básica, con temas de igualdad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres para sensibilizar a niños y niñas que sería aplicado en el ciclo escolar 2016-2017: Manual del Programa de Convivencia y Seguridad de la Comunidad Escolar con Participación Ciudadana. A octubre de 2016 se había distribuido dicho texto en formato digital a 33% de los directivos de educación básica (1,790), cubriendo un total de cinco municipios focalizados (Cuernavaca, Temixco, Jiutepec y Cuernavaca). De igual forma, en alcance señaló que está en proceso de construcción para 2017 un cuadernillo específico en temas de derechos humanos, igualdad de género, educación sexual y violencia de género, que buscará ser una herramienta esencial para el personal docente para coadyuvar en materia de prevención de la violencia de género. Asimismo, se encuentra en proceso de revisión un guion para un video relativo a las diferencias entre igualdad y equidad, violencia de género, y tipos y modalidades de violencia. Por su parte, el Comité de Apoyo Técnico del Sector Educativo ha trabajado en la campaña de difusión La violencia deja huella, tod@s tenemos derechos, hombres y mujeres generando igualdad y educación sexual, que se llevó a cabo de junio a noviembre de 2016, y benefició a 14,523 mujeres y 16,399 hombres (alumnas, alumnos, padres y madres de familia, docentes, personal administrativo y directivo). Aunado a esta acción, el estado mencionó que el Plan Anual de Trabajo del Sector Educativo 2015, incluye líneas de acción del citado Comité. Además, el estado elaboró el diagnóstico de las condiciones socioculturales que propiciaron el embarazo de las adolescentes y cuál ha sido el impacto en su bienestar social. Para ello, se realizaron aproximadamente 4 mil 100 encuestas y 170 entrevistas en todos los municipios de la entidad. En este sentido, para 2017 se tiene previsto presentar los resultados del diagnóstico referido en el párrafo anterior, asimismo, se encuentra en revisión una convocatoria dirigida al alumnado de educación secundaria, media superior y superior, para la realización de un cortometraje que refleje formas y maneras de generar igualdad entre hombres y mujeres. 22 Por su parte, el Sistema DIF estatal dio pláticas sobre la alerta de violencia de género y violencia de género hacia las mujeres en el Centro de Desarrollo Educativo, los Centros de Desarrollo para la Atención Integral Tokio y Emiliano Zapata, Centros Educativos en los Municipios de Jiutepec y Temixco, dirigidos al personal administrativo y padres de familia. Además, en el municipio de Jiutepec se llevaron a cabo pláticas sobre prevención de violencia en el noviazgo, atendiendo a 302 mujeres y 287 hombres. Para ello, cuenta con un díptico sobre detección de la violencia en el noviazgo. A nivel municipal, Cuautla, Puente Ixtla y Xochitepec, llevaron a cabo campañas de sensibilización de la no violencia contra las mujeres, o bien incluyeron en campañas de convivencia la prevención de la violencia contra las mujeres. Segunda acción: capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia y denunciarlos ante las instancias correspondientes Al respecto, el estado reportó que durante octubre y noviembre de 2014, se llevaron a cabo cinco mesas con los líderes educativos de Morelos, con los representantes de educación básica, media y superior, así como con los titulares de las instituciones con el objetivo de fortalecer la política de igualdad de género en ese sector, en este sentido se creó la Unidad de Igualdad de Género del Sector Educativo, para construir una red institucional que permita planificar y dar seguimiento a las acciones de sensibilización y capacitación de las y los funcionarios públicos, así como organizar y coordinar los trabajos en apoyo a la responsabilidad que adquiere la Secretaría de Educación ante la comisión de Prevención del SEPASE. A finales de 2014 y principios de 2015, se llevaron a cabo nueve talleres a personal administrativo (71) y docentes (157) de los distintos niveles educativos con el objetivo de sensibilizar en la importancia de la perspectiva de género, el fortalecimiento de la Unidad de Igualdad de Género e identificación de actores clave. Para 2015, el estado reportó la capacitación de 78 profesores de educación primaria y nivel medio superior en temas de perspectiva de igualdad de género, violencia de género, derechos humanos y prevención de embarazo en situación escolar. Asimismo, se reportó que en 2016 no se realizaron capacitaciones por parte de la Secretaría de Educación, toda vez que no se logró obtener recursos para este fin. Sin embargo, se contó con apoyo del IMEM y la Secretaría de Salud para lograr este objetivo. En específico, señala que se han enviado a capacitación del IMEM de manera continua a personal de diferentes instituciones y niveles educativo, en cuanto a las capacitaciones del Sector salud, el personal jurídico de cada institución y nivel educativo asistió al taller de la NOM-045-SSA2-2005. Con relación a esta acción, Morelos señala que a partir de la solicitud y de la aceptación de las propuestas y conclusiones del informe elaborado por el grupo de trabajo, el 16 de enero de 2015 se instaló el Comité de Apoyo Técnico del Sector Educativo, de la Comisión de Prevención del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Este Comité está conformado por todas las instituciones educativas y niveles educativos del estado y sesiona cada dos meses. Durante 2016 el Comité sesionó en seis ocasiones. Conforme a lo reportado por el estado en el Informe de cumplimiento de las propuestas, el Comité tiene por objeto implementar, a mediano plazo, el Modelo de Equidad de Género, el cual cuenta con un procedimiento que permite la detección temprana de casos de violencias y atención de los tipos de violencia contra las mujeres. 23 Respecto a las instituciones que contaban con la certificación del modelo (Instituto Tecnológico de Zacatepec, Instituto Tecnológico de Cuautla y la Universidad Politécnica del Estado de Morelos) actualmente se encuentran en proceso de la certificación de igualdad laboral y no discriminación NMX-R.025-SCFI-2015. Asimismo, la Universidad Tecnológica de Emiliano Zapata inició en 2016 el proceso de certificación de la norma señalada. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida En cuanto a las acciones realizadas respecto a la estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género, se advierten tres elementos a evaluar. En primer lugar, Morelos mencionó que en 2015 existió un Plan de Anual de Trabajo. Éste fue entregado al grupo de trabajo en el Informe sobre la implementación de las propuestas y medidas. Sin embargo, no existe información sobre su implementación e impacto. En este sentido, sólo se reporta la entrega del directorio de servicios y centros de atención especializada a mujeres en situación de violencia, lo anterior a pesar de reportar que se cumplió el 100% del Plan Anual de Trabajo de 2015 y éste contenía más acciones que la integración del directorio. Por su parte, aunque se reportan de forma genérica las actividades realizadas en 2016 y las que se realizarán en 2017, tampoco se proporcionó información de los planes de 2016 y 2017. En segundo lugar, el estado indicó que se emitió el Manual del Programa de Convivencia y Seguridad de la Comunidad Escolar con Participación Ciudadana. Si bien el GIM reconoce que entre los temas focalizados del manual está la violencia de género y se señala qué es la alerta y qué es la violencia contra las mujeres, no se puede considerar como una guía para promover la transformación de patrones culturales de violencia contra las mujeres y sus estereotipos, sino como un manual de convivencia general. No pasa desapercibido que para 2017 se tiene contemplada la distribución de un cuadernillo específico en la materia, por lo que el grupo estará atento a la forma en que se llevará a cabo su implementación. Finalmente, se consideran positivas las acciones de difusión realizadas tanto por la Secretaría como por el Sistema DIF estatal, sin embargo, es importante que las mismas se enmarquen en una estrategia con objetivos claros a fin de sumar esfuerzos entre las distintas dependencias y entidades competentes en la materia. Ahora bien, en cuanto las acciones reportadas para fortalecer las capacidades de las y los servidores públicos en el sector educativo, que les permita contar con herramientas para la detección y canalización de casos de violencia, es posible distinguir esfuerzos para que los distintos niveles educativos e instituciones se comprometan en la materia, sin embargo, se percibe que los mismos son insuficientes y no se brinda información actualizada. En este sentido el estado proporcionó las actividades para la creación de la Unidad de Igualdad de Género en 2014 y su fortalecimiento en 2015. No pasa desapercibido para el GIM que para lograr esto último se capacitaron a 78 docentes, cantidad que se considera insuficiente. El grupo advierte que, a pesar de la falta de recursos, se reporta que personal del sector salud acudió a capacitación del IMEM y la Secretaría de Salud, sin embargo, no señala cuántas personas fueron beneficiadas y que porcentaje del total de personal ha sido capacitado. Por lo que hace al Modelo de Equidad de Género que se busca implementar a mediano plazo en todas las instituciones y niveles educativos, no se brinda información actualizada relativa al avance en su adopción, ni la calendarización de acciones para lograrla. En este sentido, se considera que para la presente medida los avances son insuficientes, ya que no hay elementos que permitan garantizar la continuidad de las acciones que se han concretado y por tanto se considera parcialmente cumplida. 24 IX. Cuarta medida de prevención a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Generar campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia. Entre las medidas a adoptar, se sugiere: i) Replicar los modelos de redes comunitarias para la prevención y atención de la violencia de género con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil; ii) Fomentar la creación de comités de vigilancia vecinal, laboral y escolar, que repliquen las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres; iii) Poner en marcha el Centro de Justicia para las Mujeres en Cuernavaca para brindar atención multidisciplinaria a mujeres y niñas víctimas de violencia. iv) Crear una campaña de comunicación para generar conciencia social, inhibir la violencia contra a mujer y promover la cultura de respeto e igualdad. v) Realizar un programa de monitoreo ambulatorio y anónimo para evaluar el trato a las víctimas por parte de las y los servidores públicos estatales. vi) Desarrollar programas para la reeducación de hombres generadores de violencia. vii) Establecer un observatorio estatal de medios de comunicación que cuente con las atribuciones suficientes para promover contenidos con perspectiva de género y derechos humanos. Asimismo, la propuesta décima segunda del informe señala: Crear modelos de comunicación externos (dirigidos a la población en general) e internos (dirigidos a las funcionarias y funcionarios en todos los niveles del sector público) que permitan concientizar en perspectiva de género. De acuerdo a lo anterior el grupo de trabajo propone generar un modelo de comunicación externo e interno en materia de concientización de género y prevención de la violencia contra las mujeres, que cuente con estrategias de comunicación claras acorde con lo establecido en el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 (en adelante, Proigualdad) y en el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018 (en adelante, Pipasevm). Dicho modelo deberá contar con objetivos y metas específicas, y ser evaluado de manera periódica. El componente externo deberá sustentarse en un programa estatal permanente de comunicación con perspectiva de género, en materia de prevención y atención de violencia contra las mujeres. Al respecto, el grupo de trabajo considera indispensable que este programa sea el fundamento de las campañas específicas, las cuales deberán tomar en cuenta la diversidad poblacional y cultural del estado y estar encaminadas a dar a conocer los derechos humanos de las mujeres y las niñas, así como a la transformación de patrones culturales y a la difusión de las instancias a las que las mujeres víctimas de violencia pueden acudir. El grupo de trabajo propone que estas campañas incluyan contenidos acerca del ciclo de la violencia, la visibilización de la misma, sus tipos y modalidades. Asimismo, deberán generarse campañas específicas dirigidas a las personas agresoras de mujeres y a las personas que atestiguan actos de violencia. El componente interno dirigido a las funcionarias y funcionarios de todos los niveles del gobierno del estado de Morelos, deberá tener como objetivo concientizar a los mismos de las obligaciones que tienen en materia de atención y prevención de la violencia contra las mujeres. 25 En cuanto al inciso cuatro, la décima primera propuesta del informe establece: Realizar las acciones necesarias para sensibilizar a los medios de comunicación del estado en materia de género, derechos humanos, respeto a las víctimas y violencia contra las mujeres. En este sentido, se propone que el Estado elabore lineamientos específicos para la incorporación de la perspectiva de género en la labor de los medios de comunicación. En relación con el inciso seis, la sexta propuesta del informe del grupo de trabajo indica: Crear un programa estatal con perspectiva de género relativo a la atención y reeducación de personas generadoras de violencia contra las mujeres. Este programa deberá ser implementado en coordinación con los municipios de la entidad, incorporar un enfoque multicultural y apegarse a los más altos estándares internacionales en la materia. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida El estado informó que para implementar esta medida, incluyó trece líneas de acción de tres estrategias, conforme a lo siguiente: Primera acción: Replicar los modelos de redes comunitarias para la prevención y atención de la violencia de género con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil. Al respecto, el PIM establece la estrategia 2.1 “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”, que establece la línea 2.1.6 “Impulsar los modelos de redes comunitarias para la prevención y atención de la violencia de género con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil en los municipios donde fue declarada la AVGM”. Se reporta que esta línea no ha sido implementada debido al desconocimiento de la operatividad de este modelo para la prevención y atención de violencia de género. El modelo a replicar fue solicitado a la CONAVIM sin respuesta. Segunda acción: Fomentar la creación de comités de vigilancia vecinal, laboral y escolar, que repliquen las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres. Con relación a esta acción, el PMI la relaciona con la línea 2.1.4 “Fomentar la creación de comités de vigilancia vecinal, laboral y escolar, que repliquen las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres en los ocho municipios donde fue declarada la AVGM”. El estado reporta la constitución de diversos comités de vigilancia vecinal, laborar y escolar (COMVIVES), así como su capacitación en los ocho municipios de la alerta. En este sentido, señala que los Comités se han convertido en un factor indispensable en el estado de Morelos para generar acciones basadas en la prevención de la violencia y delincuencia desde una sociedad organizada, para ello, el Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia con Participación Ciudadana en coordinación con las áreas de prevención del delito, generan con los COMVIVE acciones y capacitaciones, incluidas la prevención de la violencia contra las mujeres. Con esta finalidad, el IMEM trabajó en las actas constitutivas de los COMVIVES con perspectiva de género, de igual manera capacitó a las áreas de prevención del delito de los ocho municipios con AVGM en: sensibilización de género; lenguaje Incluyente; AVGM, y violencia contra las mujeres. Del 10 de agosto de 2015 al 8 de diciembre de 2016, reportó que se han instalado los siguientes COMVIVES en los ocho municipios que cuentan con declaratoria de AVGM: 26 1. Temixco: 40 2. Emiliano Zapata: 57 3. Cuernavaca: 57 4. Jiutepec: 95 5. Yautepec: 41 6. Cuautla: 58 7. Xochitepec: 23 8. Puente de Ixtla: 18 Tercera acción: Poner en marcha el Centro de Justicia para las Mujeres en Cuernavaca para brindar atención multidisciplinaria a mujeres y niñas víctimas de violencia. Para cumplir con dicha acción, el Programa Integra Mujeres contempla las líneas de acción 3.3.3 “Poner en marcha el Centro de Justicia para las Mujeres en Cuernavaca”, así como la línea 3.3.4 “Poner en marcha el Centro de Justicia para las Mujeres en Yautepec”. El 29 de noviembre de 2015 se inauguró el Centro de Justicia para las Mujeres en Cuernavaca, a cargo de la Fiscalía General de Estado. Cuarta acción: Crear una campaña de comunicación para generar conciencia social, inhibir la violencia contra a mujer y promover la cultura de respeto e igualdad. Al respecto, el estado reportó esta acción bajo tres líneas de acción de la estrategia 1.2 “Promover la cultura de no violencia contra las mujeres para fomentar la igualdad de género en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”: • 1.2.1 Impartir talleres de sensibilización a los medios de comunicación del estado de Morelos en materia de género, derechos humanos, respeto a las víctimas y violencia contra las mujeres. • 1.2.2 Elaborar lineamientos específicos para la incorporación de la perspectiva de género en la labor de los medios de comunicación. • 1.2.3 Impulsar una campaña de comunicación para generar conciencia social, inhibir la violencia contra las mujeres y promover la cultura del respeto e igualdad. • 1.2.4 Crear un distintivo para los medios de comunicación que utilizan publicidad libre de estereotipos sexistas y del uso de lenguaje incluyente Al respecto, el gobierno del estado de Morelos reportó acciones en relación con la línea 1.2.3: en este sentido señala que se ha llevado a cabo una campaña que tiene por objetivo dar a conocer en qué consiste el mecanismo de alerta de género, los alcances, así como la generación de conciencia social sobre el problema. Como objetivo específico de la campaña, se señala la realización de varias campañas de comunicación que tengan por objetivo difundir la naturaleza y alcances de la AVGM, y va dirigida para las mujeres, pero también para la población en general. La campaña está diseñada para ejecutarse por trimestres, para lo cual se han planteado las siguientes etapas: a) Alerta de género; b) Campaña sobre roles familiares y c) Eduquemos a la niñez libre de violencia. Esto se lleva a cabo en los 33 municipios. La etapa relacionada con a) la alerta de género ha comprendido un spot de radio lanzado el 18 de abril y difundido hasta mayo del 2016, un spot de televisión, estrategia en Facebook y un spot video; b) la etapa que refiere a los roles familiares, implicó la difusión de un spot de radio, durante julio y octubre, un spot de televisión, durante julio y septiembre, la estrategia en Facebook y un spot video; c) la etapa sobre eduquemos a la niñez, también ha comprendido la difusión de un spot de noviembre a la fecha y un spot en televisión durante el mismo periodo; finalmente, sobre la etapa “d”, aún no se 27 remite información sobre su diseño y los posibles tiempos para su implementación. En el anexo 50 del Tercer Informe, sólo se remite lo relacionado con la etapa “a” y “b”. Quinta acción: Realizar un programa de monitoreo ambulatorio y anónimo para evaluar el trato a las víctimas por parte de las y los servidores públicos estatales. Esta acción es contemplada dentro de la estrategia 2.1 del PIM: “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”, en la línea de acción 2.1.8 “Realizar un programa ambulatorio y anónimo para evaluar el trato a las víctimas por parte de las y los servidores públicos estatales”. Sin embargo, no se reportan avances en esta medida, sólo se señala que el instituto de la mujer del estado coordinará esta acción para 2017. Sexta acción: Desarrollar programas para la reeducación de hombres generadores de violencia. Esta acción se prevé en la Estrategia 2.1 “Fomentar acciones integrales de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas en los ocho municipios con Alerta de Violencia de Género del estado de Morelos”, dentro de la línea 2.1.7 “Elaborar un programa estatal con perspectiva de género de atención y reeducación de personas generadoras de violencia contra las mujeres”. Para su implementación el estado de Morelos manifiesta que cuenta con el Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género, el cual incluye la intervención de reeducación de víctimas y agresores de violencia de pareja. Se habla de espacios COMVIVEMH, ubicados en Cuernavaca, Zacatepec, Temixco, Cuautla. En este sentido, el estado señala que durante 2016 la Fiscalía General del Estado, el Centro de Justicia para Mujeres, los Juzgados Civiles en Materia Familiar, los Juzgados de Primera Instancia, la Unidad de Medidas Cautelares para Adultos, Reinserción Social, el DIF Municipal, el ISSSTE, así como el personal facilitador de los Servicios de Salud de Morelos han canalizado a los hombres que ejercen violencia (leve o moderada) de pareja. En este sentido se han abierto 31 grupos con 364 asistentes de primera vez y 2,359 asistencias subsecuentes. Séptima acción: Establecer un observatorio estatal de medios de comunicación que cuente con las atribuciones suficientes para promover contenidos con perspectiva de género y derechos humanos. El gobierno del estado de Morelos, a través del Tercer Informe de Cumplimiento, señala textualmente que “De abril de 2016 a la fecha, la Coordinación Estatal de Comunicación Social del Poder Ejecutivo ha trabajado en la creación de un Observatorio Estatal de Medios de Comunicación, contratando para ello a una consultoría especializada en el tema, sin embargo, ha existido rotación del personal en dicha Coordinación, lo que ha dificultado un avance sistemático en esta línea de acción”. La entidad federativa no remite evidencia ni información sobre acciones planeadas en este rubro. Octava acción: Crear un programa estatal permanente de comunicación con perspectiva de género en materia de prevención y atención de violencia contra las mujeres acorde con el Proigualdad y el Pipasevm, que incluya un modelo de comunicación externo e interno. Al respecto, el estado no brindó actualización alguna a lo reportado en el informe relativo a la implementación de las propuestas contenidas en el informe del grupo de trabajo. 28 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida En cuanto a la primera acción, se advierte que el estado señala que no ha recibido modelos de redes comunitarias. Sin embargo, el GIM considera que el estado no ha realizado otras acciones para investigar la forma en que otras instituciones han implementado este proyecto. En este sentido, se considera que se están desaprovechando las redes comunitarias existentes que pueden ser eficaces en la prevención y atención de la violencia de género al tiempo que reconstruyen el tejido social. En cuanto a la segunda acción, el grupo valora los avances que se ha tenido para implementar COMVIVES con perspectiva de género, sin embargo, se considera necesario conocer los impactos en la operación, funcionamiento y prácticas de los mismos. Si bien se indica que han sido capacitados respecto a la AVGM y los derechos humanos de las mujeres, no se indica quién realiza esta capacitación, duración y si se alguna evaluación de la misma. En este sentido, se considera que esta línea de acción se encuentra en estado de cumplimiento. El grupo reconoce los avances en cuanto a la creación del CJM en Cuernavaca, por lo que considera que el estado ha cumplido con esta medida. Para dar seguimiento a esta medida, se considera necesario que el estado implemente mecanismos de evaluación de los servicios que se prestan y calidad en la atención. Para esto puede implementar evaluaciones aleatorias y constantes que permitan generar constantes mejoras en la atención. En cuanto a la implementación de la cuarta acción, en lo relativo a la creación de una campaña de comunicación para generar conciencia social, se advierte una confusión, ya que la primera etapa parece coincidir con la primera medida de seguridad de la declaratoria de alerta. Aunado a lo anterior, si bien se identifican tres etapas de las cuatro que señalan como el total de fases que comprende la Campaña, el grupo desconoce el diagnóstico con base en el cual se diseñó la estrategia y que se incluya el diseño de la fase última de la campaña. En este sentido, el grupo interinstitucional y multidisciplinario considera que el cumplimiento de las acciones concernientes a la campaña de comunicación para generar conciencia social, inhibir la violencia contra las mujeres y promover la cultura de respeto e igualdad, está en proceso de cumplimiento. Aunado a lo anterior, se advierte que el estado no ha completado las acciones previstas en el Programa Integra Mujeres, acciones 1.2.1 y 1.2.2 relativas a la inclusión de perspectiva de género en los medios de comunicación, en este sentido, ni en el tercer ni el segundo informe hace referencia a la implementación de estas acciones. En la contestación a las observaciones realizadas por el grupo interinstitucional y multidisciplinario al segundo informe el estado señaló que no se ha reportado el avance a las acciones 1.2.1 y 1.2.2 debido a que el diplomado relacionado termina el 28 de octubre de 2016. Sin embargo, no hay actualización al respecto. En ese sentido, el GIM considera necesario recordar que derivado de la implementación de la décima primera propuesta del Informe se consideró que los lineamientos tenían que trabajarse más para que pudieran considerarse una guía práctica que permita comprender qué tipo de imágenes fomentan estereotipos de género. Por lo que hace a los talleres de sensibilización, se advierte una situación similar a la reportada con anterioridad, ya que en su momento el grupo de trabajo no pudo evaluar la impartición de dichos talleres por no contar con información suficiente. Con relación a la acción quinta, programa de monitoreo ambulatorio y anónimo, el estado no ha realizado ningún diseño o proyecto para implementar el mismo. Al respecto, el grupo considera que sin la implementación de este programa es imposible garantizar la efectividad de cada una de las medidas implementadas en la alerta. La necesidad de recuperar la confianza de la población respecto a la capacidad del gobierno para prevenir, respetar, garantizar y promover sus derechos humanos depende de acciones como esta que permiten conocer la experiencia real de la ciudadanía. 29 En cuanto a la sexta acción, el grupo de trabajo considera que el cumplimiento de la medida relacionada con elaborar un programa estatal con perspectiva de género de atención y reeducación de personas generadoras de violencia contra las mujeres se encuentra en proceso por lo que se debe de realizar el programa y reportar de manera más clara los servicios prestados en COMVIVEMH, así como reportar las acciones realizadas en los municipios con AVGM que no cuente con estos centros. Ahora bien, derivado de que la entidad no remite información sobre el diseño, planeación y ejecución de acciones para establecer un observatorio estatal de medios de comunicación que cuenten con las atribuciones suficientes para promover contenidos con perspectiva de género y derechos humanos, se considera que no existe cumplimiento sobre esta acción. Finalmente, se advierte que el estado no reporta información relativa al programa estatal permanente de comunicación con perspectiva de género en materia de prevención y atención de violencia contra las mujeres acorde con el Proigualdad y el Pipasevm, que incluya un modelo de comunicación externo e interno. Al respecto, resulta importante recordar que derivado del Informe sobre cumplimiento de las propuestas contenidas en el informe del grupo de trabajo, el gobierno señaló que había creado el Programa Estatal Permanente de Comunicación con Perspectiva de Género para el año 2015, y que éste integró 55 campañas de comunicación que han solicitado las Secretarías del estado, así como 60 eventos relacionados con las mismas. Asimismo, reportó la creación del Modelo de Comunicación por la Igualdad de Género y Derechos de las Mujeres así como del Programa Estatal Permanente de Comunicación con Perspectiva de Género. En su dictamen, el grupo de trabajo consideró que de la información remitida por el estado no fue posible inferir la existencia de un programa específico elaborado para el objetivo particular de prevenir y atender la violencia contra las mujeres en el estado de Morelos. Lo anterior, tomando en consideración que además de la calendarización de campaña era necesario un documento con información de los elementos y contenidos que habrían sido desarrollados para la creación del programa referido por el estado. Es decir, era necesario un diagnóstico de la situación en que se deseaba intervenir, para delimitar objetivos, metas y lineamientos que orientarán las acciones e intervenciones a realizar, la identificación de los agentes responsables de su realización, la distribución de tareas, la planeación del presupuesto que garantiza su realización, el diseño de los mecanismos de evaluación del programa, etcétera. En cuanto al Modelo de comunicación enviado por el estado, el grupo advirtió que éste consistía en un decálogo para el uso del lenguaje escrito y gráfico, mismos que no eran suficientes para construir el programa estatal de comunicación. Por ello, el grupo de trabajo consideró en su momento que la propuesta se implementó de manera parcial. Por lo anterior el GIM valora que no se presentan avances respectivos a la presente acción. X. Primera medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio. La efectividad en el cumplimiento de esta medida se encuentra plenamente relacionada al fortalecimiento de la Fiscalía General –particularmente de las Fiscalías Especializadas en Homicidios de Mujeres-, a la diligente ejecución de medidas como la elaboración de protocolos de investigación, cadena 30 de custodia y servicios periciales con base en estándares internacionales, así como a la efectividad de la estrategia de capacitación a servidoras y servidores públicos. Para ello, se deberá crear una unidad de análisis y evaluación de las labores de investigación y proceso de los delitos de género que se denuncien. Asimismo, se sugiere crear una Unidad de Contexto para la investigación de feminicidios que, mediante la elaboración de análisis antropológicos, sociológicos y psicosociales, permita identificar, entre otros, las dinámicas delictivas y de violencia contra las mujeres en la entidad. Con relación a lo anterior, la tercera propuesta del informe del grupo de trabajo indica: Del informe emitido por el grupo de trabajo conformado para atender la solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres en el estado de Morelos, recomendó impartir, de manera continua, capacitaciones especializadas en materia de protocolos de investigación con perspectiva de género, dirigidas a todas las autoridades encargadas de la procuración de justicia en la entidad, y no solamente al personal de la Fiscalía de Feminicidios y la Fiscalía de Delitos Sexuales. Las capacitaciones tienen que estar diseñadas con un fuerte componente práctico que permita la eficaz operación de los protocolos, teniendo como principal guía el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género emitido por la SCJN. Asimismo, la octava propuesta del informe del grupo de trabajo refiere: Diseñar mecanismos de articulación entre las distintas Fiscalías que atienden a mujeres víctimas de violencia, con la finalidad de registrar adecuadamente los tipos de violencia que éstas sufren, pero sobre todo que garanticen la debida diligencia en la prevención e investigación de los casos de feminicidio y otros tipos de violencia contra las mujeres. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 4.1 “Garantizar por parte de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia del estado de Morelos, que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia, los casos de feminicidio”. Para ello reportó la realización de las siguientes acciones: Primera acción: Fortalecimiento de la Fiscalía General –particularmente de las Fiscalías Especializadas en Homicidios de MujeresDicha acción fue enmarcada en la estrategia 4.4. “Fortalecer los servicios de justicia y la articulación entre las distintas Fiscalías Especializadas que atienden a mujeres en situación de violencia en el estado de Morelos”; en relación con la línea 4.4.1 “Fortalecer la Fiscalía General del Estado de Morelos, particularmente las Fiscalías Especializadas en Homicidios de Mujeres”. El Estado reportó que dio seguimiento al Programa de Fortalecimiento de Articulación entre las distintas Fiscalías y que se llevaron a cabo tres sesiones ordinarias del Comité de Articulación de las Unidades del Ministerio Público para atender la violencia en contra las mujeres, donde se estableció un mecanismo de coordinación de los ministerios públicos para revisar las carpetas de investigación y se reunieron las distintas fiscalías regionales con el objeto de llevar a cabo la implementación de los protocolos, circulares y lineamientos específicos para el seguimiento y captura de los casos en el sistema. 31 En este sentido, la Fiscalía General señaló que se ha trabajado en tres rubros: – Evaluación periódica del proceso de captura por parte del personal operativo, para obtener datos homologados y completos que permitan la geo-referenciación y medición del comportamiento de la violencia contra las mujeres. – La homologación de los procedimientos y la rápida respuesta a cada caso que se presente, con la aplicación de los protocolos de atención a las mujeres víctimas de violencia, de órdenes de protección, de violencia familiar y reparación del daño. – La creación de un comité interno de articulación que evaluará la aplicación de las políticas y procedimientos homologados y propondrá la mejora de éstos, incluyendo los procedimientos de articulación con otras dependencias que atienden, previenen y sancionan la violencia contra la mujer. Asimismo, el Estado reportó que se publicaron en el periódico oficial del Estado dos acuerdos del Fiscal General, en el primero se crea y determina la competencia de las Unidades Especializadas de Investigación de Delitos de Trata de Personas y Sexuales de la Fiscalía General de Estado de Morelos y en el segundo se establece la competencia de la Unidades Especializadas de Investigación de Delitos de Feminicidios y Homicidios de Mujeres de la Fiscalía General de Estado de Morelos. En cuanto a la primera Unidad Especializada referida, ésta se creó el 18 de noviembre de 2015 y cuenta con acceso a personas con discapacidad, sala de espera interna para niñas, niños y mujeres víctimas de delito, ludoteca y sala de espera exterior. Por su parte, la Unidades Especializadas de Investigación de Delitos de Feminicidios y Homicidios de Mujeres de la Fiscalía General de Estado de Morelos, se ubica en Yautepec y se creó el 8 de marzo de 2016, y ofrece los servicios de médico legista, ministerio público, trabajo social y orientación psicológica. En alcance, el estado informó que se asignó un presupuesto total para ambas fiscalías de $5,601,709.72 M.N. Segunda acción: diligente ejecución de medidas como la elaboración de protocolos de investigación, cadena de custodia y servicios periciales con base en estándares internacionales El estado reportó las acciones relativas a la capacitación de los protocolos elaborados en respuesta a la cuarta conclusión del grupo de trabajo: – Protocolo para la Atención de Mujeres Víctimas de Violencia con Perspectiva de Género; – Protocolo de Investigación de Delitos Sexuales con Perspectiva de Género; – Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia Familiar para el Estado de Morelos; – Protocolo de Investigación del Delito de Feminicidio para el Estado de Morelos, así como Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (adhesión acordada el 9 de septiembre de 2015). Para ello el PIM incluyó la línea 4.4.2 “Impartir capacitaciones especializadas sobre los protocolos de investigación de delitos cometidos en contra de las mujeres, dirigidas a todas las autoridades encargadas de la procuración de justicia en la entidad”. En cuanto a las acciones implementadas por el Tribunal Superior de Justicia, el estado reportó que a octubre se capacitaron a 143 personas (90 mujeres y 53 hombres). Esta capacitación se hace a través de “conferencias”, sobre los seis protocolos de actuación dirigidos a ellos, dos de ellos relativos a temas específicos de perspectiva de género. Por su parte, la Fiscalía General impartió capacitación sobre el Protocolo de Investigación de Delitos Sexuales con Perspectiva de Género (20 horas a 24 servidoras y servidores públicos: seis ministerios 32 públicos, seis policías de investigación criminal, siete peritos(as), dos médicas(os) legistas y tres asesoras(es) jurídicos); así como el Protocolo de Investigación del Delito de Feminicidio para el Estado de Morelos (20 horas a 9 servidoras y servidores públicos: un ministerio público, un policía de investigación criminal, dos peritos(as), dos médicas(os) legistas, dos asesoras(es) jurídico y un auxiliar jurídico). Así mismo, como parte del inicio de operaciones del Centro de Justicia para las Mujeres con sede en Cuernavaca, se impartieron diversas actividades de capacitación: 1. Diplomado de Especialización en enfoque de género y Derechos Humanos de las mujeres (40 beneficiadas(os), 30 de fiscalía general y 10 de otras instituciones del CJM). 2. Seminario “Derechos de las víctimas y Sistema Penal Acusatorio” (40 beneficiadas(os), 30 de fiscalía general y 10 de otras instituciones del CJM). 3. Diplomado Inducción y formación para la implementación del Centro de Justicia para las mujeres” (40 beneficiadas(os), 30 de fiscalía general y 10 de otras instituciones del CJM). El estado reportó que en total, el 42% (18) del personal se ha capacitado, restando 58% (25) por capacitar. Para 2017, la Fiscalía reportó que durante marzo se continuarán las capacitaciones del Protocolo de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Familiar, el Protocolo para la Atención de Mujeres Víctimas de Violencia con Perspectiva de Género, y el Protocolo de Órdenes de Protección de la Fiscalía General del Estado, en estos se prevé capacitar a once agentes del ministerio público, catorce agentes de la policía de investigación, nueve peritos y nueve asesores jurídicos. En cuanto a la difusión de los protocolos de atención e investigación, aunado a su difusión en el portal de internet de la Fiscalía, se presentó un libro de bolsillo con la “Legislación e Instrumentos destinados a Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, el cual fue entregado al personal de las distintas dependencias que integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, así como a las y los funcionarios de la Fiscalía General. A octubre de 2016, se han entregado 350 ejemplares. Tercera acción: monitorear la efectividad de la estrategia de capacitación a servidoras y servidores públicos En cuanto al monitoreo en el Poder Judicial, dicha acción fue incluida en la línea 4.4.4 Diseñar mecanismos de evaluación y certificación sobre la adecuada implementación de los protocolos de investigación y del Protocolo para juzgar con Perspectiva de Género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El estado informó que las resoluciones, sentencias o determinaciones que contengan la aplicación del protocolo se remitirán al Consejo de Información Clasificada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en versión pública, para su análisis y en su caso difusión como buena práctica. A partir de la creación de la Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos, se creó la página de la misma para trasparentar el trabajo que se realiza al interior y el impacto a quien accede al sistema de impartición de justicia. Cuarta acción: Creación de una unidad de análisis y evaluación de las labores de investigación y proceso de los delitos de género que se denuncien. El PIM establece en la línea 4.4.7 “Crear una Unidad de Análisis y Evaluación de las labores de investigación y procesos de los delitos de género que se denuncien en el Estado”, no obstante, el informe no reporta actividades de dicha Unidad. 33 Al respecto, en enero de 2016 el estado reportó que se creó el Comité de Calidad con Perspectiva de Género, sin embargo, no se ha presentado información actualizada sobres sus funciones. Quinta acción: Creación de una unidad de contexto para la Investigación de Feminicidios Al respecto, el PIM establece en la línea 4.4.5 “Crear una Unidad de contexto para la Investigación de Feminicidios, que permita identificar, entre otras, las dinámicas delictivas y de violencia contra las mujeres en la entidad”. En el mismo caso que la acción anterior, la entidad no reportó información sobre la creación de dicha unidad. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida En cuanto a la primera acción, el grupo reconoce el seguimiento del mecanismo del Comité de Articulación de las Unidades del Ministerio Público a través de los acuerdos tomados en las tres sesiones reportadas para el establecimiento de su coordinación y cumplimiento de los protocolos, circulares y lineamientos. En este sentido, se valora la asignación de seis ministerios públicos a cada una de estas unidades, así como seis agentes de policía de investigación. Sin embargo, al analizar sus currículums y sus capacitaciones, se considera que la Fiscalía debe seguir adoptando acciones concretas para su capacitación en la investigación de delitos de su competencia con perspectiva de género. Esta acción se relaciona con la acción segunda y tercera de esta misma medida, ya que, verificando la capacitación recibida por el personal adscrito a estas unidades, no todos cuentan con la capacitación de los Protocolos relacionados. Asimismo, se reconoce la creación de la competencia de las Unidades Especializadas de Investigación de Delitos de Trata de Personas y Sexuales de la Fiscalía General de Estado de Morelos y el establecimiento de la competencia de la Unidades Especializadas de Investigación de Delitos de Feminicidios y Homicidios de Mujeres de la Fiscalía General de Estado de Morelos, así como la asignación presupuestal. En cuanto a la segunda acción, si bien el gobierno informa múltiples actividades de capacitación, llama la atención que, en el caso de los protocolos dirigidos al personal del Tribunal, es mediante “conferencias”, cuya duración es de apenas dos horas, lo cual podría ser insuficiente para incidir en un cambio de comportamiento del personal. Aunado a lo anterior, en cuanto a la capacitación de los protocolos de investigación, particularmente, en el caso del curso del protocolo de investigación del feminicidio, en la síntesis curricular del ponente, no se aprecia ninguna experiencia o conocimiento en materia de investigación del delito con perspectiva de género o investigación especializada en feminicidios. En este sentido, si bien se reporta que la capacitación de los protocolos se dirigió tanto a ministerios públicos, policía de investigación criminal, peritos, médico legista y asesores jurídicos, al revisar las listas de asistencia, se advierte que muy pocos completaron la asistencia requerida. Por lo que se considera que se encuentra parcialmente cumplida. Con respecto a la tercera acción, se advierte que el Poder Judicial se encuentra implementando medidas que permitan evaluar la inclusión de perspectiva de género en las actividades jurisdiccionales. Sin embargo, se observa con preocupación que estas actividades de seguimiento no deriven de ningún acuerdo o circular que garanticen, desde un punto de vista normativo, su continuidad. Por ello, el GIM considera que esta medida se encuentra parcialmente cumplida. En relación con la cuarta acción, si bien el estado reporta la creación del Comité de Calidad con Perspectiva de Género, no brinda información sobre las actividades desempeñadas desde su creación, por lo que el grupo no cuenta con los elementos para llevar a cabo la evaluación de la presente acción. Aunado a lo anterior, no pasa desapercibido para el GIM que en su dictamen había 34 considerado valioso que se consideraran varios tipos de evaluación (hacia mandos superiores y las visitas técnicas de la Visitaduría), sin que se hayan reportado avances sobre su efectiva implementación. Asimismo, el GIM considera que continúa pendiente la creación de mecanismos de certificación, situación que no se ha reportado con posterioridad a que se dictó la AVGM. En este sentido, el GIM respetuosamente exhorta al estado a generar procesos de evaluación continua que permitan corroborar y/o medir el impacto de esta articulación no sólo referido a la producción de datos relativos a la violencia de la que son objeto las mujeres sino en qué medida esta articulación de las fiscalías garantiza la prevención de la violencia contra las mujeres y en qué medida los casos denunciados por las mujeres tienen un seguimiento exitoso, diligente, eficaz y oportuno, garantizando el trato digno y privado a todas las mujeres víctimas de violencia. Finalmente, en cuanto a la quinta acción, el estado no reporta ningún avance en la creación de dicha unidad que tendría por objetivo crear un área que analice desde un punto de vista multidisciplinario (antropológico, sociológico, psicológico y criminal) el fenómeno de la violencia, por lo que esta acción no presenta ningún avance. En consecuencia, el grupo considera que la presente medida se encuentra en proceso de cumplimiento. XI. Segunda medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Asignar recursos para conformar una Unidad Especializada encargada exclusivamente de dar trámite a las carpetas de investigación, relacionadas con los feminicidios u homicidios dolosos de mujeres a que se refiere la solicitud de AVGM. Esta medida deberá contemplar la celebración de mesas de trabajo entre víctimas, sus representantes y autoridades de alto nivel para el análisis de los casos. Entre las funciones que deberá ejecutar esta Unidad se encuentra el diagnóstico de los expedientes en archivo o reserva y la identificación de las posibles deficiencias en las investigaciones con el propósito de sugerir las diligencias que podrían llevarse a cabo para el esclarecimiento de los hechos. Con relación a lo anterior, la primera propuesta del informe del grupo de trabajo indica: Adoptar todas las medidas que sean necesarias, por parte de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia del estado de Morelos, para garantizar que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y en un plazo razonable, los casos de feminicidio, adoptando una perspectiva de género y de derechos humanos y con ello, garantizar a las mujeres víctimas y a sus familiares el acceso a la justicia y a la reparación integral. En aquellos casos en los que no sea posible continuar con las investigaciones, es necesario brindar la justificación correspondiente. En particular, respecto de los casos reportados por el estado de Morelos en reserva temporal, se propone revisar las posibilidades de reapertura de los mismos haciendo uso de la facultad prevista en el artículo 223 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Morelos, teniendo presente, en todo momento, la obligación de investigar ex officio y con la debida diligencia, la cual tiene alcances adicionales cuando se trata de mujeres que sufren muerte o maltrato, en el marco de un contexto general de violencia. 35 b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 4.1 “Garantizar por parte de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia del estado de Morelos, que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia, los casos de feminicidio”. Para ello reportó la realización de las siguientes acciones identificadas en el PIM: • 4.4.6 Conformar una Unidad Especializada encargada de dar trámite a las carpetas de investigación, relacionadas con los feminicidios u homicidios dolosos de mujeres a que se refiere la solicitud de AVGM. • 4.1.1 Informar la relación de acciones de investigación emprendidas para cada uno de los casos de feminicidio registrados en el estado de Morelos. • 4.1.2 Informar el diagnóstico de casos a reabrirse en términos de la normativa aplicable en materia procedimental penal. • 4.1.3 Informar el número de casos de feminicidios reabiertos. • 4.1.4 Informar el número de casos consignados o judicializados. • 4.1.5 Informar el número de casos concluidos. • 4.1.6 Informar el número de casos que continúan en investigación. • 4.1.7 Informar el número de casos que se encuentran en reserva o archivo temporal. Primera acción: Celebración de mesas de trabajo entre víctimas, sus representantes y autoridades de alto nivel para el análisis de los casos Con fecha 18 de noviembre del 2015, se inauguró la Unidad de Atención a Mujeres Víctimas del Delito en la Fiscalía de la Zona Metropolitana, en la que se encuentra una Agencia del Ministerio Público, encargada de investigar los casos de homicidios de mujeres y feminicidios que refiere la solicitud de alerta de violencia de género y, una Agencia del Ministerio Público encargada de investigar estos delitos sucedidos de septiembre de 2013 a la fecha. Para el análisis y vigilancia de los casos, las y los funcionarias de dicha Unidad, realizan mesas de trabajo con las víctimas, sus representantes y autoridades que conlleven al esclarecimiento de los hechos y la no impunidad. En cumplimiento a esta medida, se han establecido de manera permanente reuniones con familiares de víctimas, sesionando el Fiscal General. Segunda acción: Diagnóstico de los expedientes en archivo o reserva y la identificación de las posibles deficiencias en las investigaciones con el propósito de sugerir las diligencias que podrían llevarse a cabo para el esclarecimiento de los hechos. En seguimiento a las acciones realizada en relación con la primera propuesta del informe, refirió que la Fiscalía General del Estado de Morelos, implementó un software de gestión y control denominado “Sistema de Investigación de Feminicidios y Homicidios de Mujeres” (SIFH), que consiste en una base de datos donde se puede consultar el estado que guarda cada carpeta o averiguación previa, en tiempo real, así como las diligencias que se hayan realizado en las mismas. Con este sistema se obtienen datos de la víctima, por ejemplo: nombre, si está identificada (foto), tipo de discapacidad, edad, sexo, identidad genérica, estado civil, ocupación, escolaridad, nivel socioeconómico, origen étnico, según sea el caso, lugar de residencia y media filiación. De manera general, la Fiscalía señaló que a partir de la revisión de expedientes se dictaron órdenes a la policía de investigación criminal en dos vertientes: – Que se avocaran a la búsqueda, localización y puesta a disposición de presuntos responsables, de los que se contaba con una orden de aprehensión, y 36 – Verificaran e investigaran nuevos datos de prueba de posibles líneas de investigación que no se hubieran agotados hasta el momento. Asimismo, el estado señala que con este sistema se puede obtener informes y estadísticas relacionados con el comportamiento delictivo del feminicidio; por ejemplo, conocer la generalidad de los modus operandi, las zonas o colonias que son foco rojo, la relación víctima-victimario, entre otros datos, lo cual permite determinar acciones de prevención, atención, sanción de la violencia contra las mujeres y la reparación integral del daño. La información con que se alimenta el SIFH se actualiza y modifica conforme a los avances que generan las diligencias practicadas en cada una de las averiguaciones previas o carpetas de investigación. Este sistema de gestión de feminicidio y homicidio de mujeres, alimenta al Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM); así como a otras plataformas que permiten aprovechar la información y generar reportes integrales de inteligencia en la investigación, tales como Plataforma México, el sistema IBIS, AFIS, CODIS y Mandamientos Judiciales. En este sentido, señala que queda a disposición de los integrantes del GIM el verificar el acceso y contenido, en su caso, al SIFH en coordinación con personal de la Fiscalía General. No se omite que derivado de la mesa de trabajo realizada en junio de 2016, el GIM debió enviar la metodología para la clasificación de las muertes violentas de mujeres y niñas, la cual serviría para homologar el número de casos de Feminicidios y/o Homicidios Dolosos de mujeres, situación que a la fecha no ha sucedido. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida En cuanto a la primera acción relativa el GIM advierte los avances y la realización de las mesas con víctimas y organizaciones de la sociedad civil, sin embargo no se anexa mayor información al respecto y los últimos avances. En cuanto a la metodología para homologar los casos de feminicidio que se acordó, sería realizada por el GIM, se reconoce la responsabilidad al respecto. Lo anterior, responde a los cambios de los integrantes que se dieron durante el segundo semestre de 2016. En este sentido, se considera que la presente medida está en proceso de cumplimiento. Por lo que hace a la segunda acción, el GIM valora la creación del SIFH, el grupo de trabajo tuvo dudas respecto a los rubros “tipo de discapacidad”, “identidad genérica” y sobre si la inclusión de una foto es respetuosa de la dignidad de las víctimas. Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que lo solicitado en este rubro es contar con un diagnóstico que permita conocer las posibles deficiencias de las investigaciones a partir del análisis de los expedientes, información que concentra el SIFH, sin embargo, no se ha brindado el análisis de dicha información, por lo que se considera que esta acción se encuentra parcialmente cumplida. XII. Tercera medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Con base en lo establecido por el artículo 26, fracción III, inciso b) de la Ley General de Acceso, se deberán establecer mecanismos de supervisión y sanción a servidores públicos que actúen en violación del orden jurídico aplicable en materia de violencia de género. El estado de Morelos deberá dar continuidad a los procesos iniciados previamente por posibles omisiones de servidores públicos en la integración de carpetas de investigación. 37 b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 4.1 Garantizar por parte de las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia del estado de Morelos, que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia, los casos de feminicidio, en específico a la línea de acción 4.1.8 “Establecer los mecanismos de supervisión y sanción a servidores públicos que actúen en violación al orden jurídico aplicable en materia de violencia de género”. En este sentido, el estado reportó, el status de sólo ocho expedientes y adjuntó las supervisiones que realizó a octubre de 2016, así como las programadas de octubre a noviembre del 2016 en el Centro de Justicia para Mujeres, la Coordinación de Atención a Mujeres Víctimas de Delitos, las Agencias del Ministerio Pú8blico de investigación de los delitos de feminicidio y homicidios de . c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida El número de expedientes que el estado informa le dio seguimiento, son mínimos en relación con total. Las sanciones impuestas también son menores. De las cinco evidencias que acompaña de sanciones impuestas, van desde suspensión del cargo sin goce de sueldo por quince días, amonestación, multa por 15 días de salario, hasta improcedencias por falta de elementos probatorios. En ninguno de los expedientes se ha fincado responsabilidad penal. En este sentido, el GIM no advierte avances claros para sancionar a responsables e inhibir la repetición de estas conductas, por lo que se considera que la medida no se encuentra cumplida. XIII. Cuarta medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Solicitar a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal que revise y analice exhaustivamente la legislación estatal existente relacionada con los derechos de las mujeres y niñas para detectar disposiciones que menoscaben o anulen sus derechos. Consecuentemente, se deberá establecer una agenda legislativa encaminada a reformar, derogar o abrogar dichas disposiciones. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 1.1 “Promover la armonización de la legislación estatal con la legislación nacional, eliminando disposiciones que menoscaben o anulen los derechos de las mujeres y niñas en el estado de Morelos”. En específico a la línea de acción 1.1.1 “Revisar y analizar la legislación estatal existente relacionada con los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes para detectar disposiciones que los menoscaben o anulen”; 1.1.2 “Establecer una agenda legislativa encaminada a reformar, derogar o abrogar las disposiciones que menoscaben o anulen los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes en las leyes y reglamentos estatales vigentes”, así como 1.1.3 “Promover la armonización de la legislación estatal sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, laboral y adecuaciones de disposiciones administrativas, entre otras, vinculadas con las disposiciones federales y generales de la materia, para eliminar disposiciones que menoscaben o anulen derechos de mujeres, niñas y adolescentes”. En este sentido, el 1º de septiembre de 2015 el Gobernador Constitucional presentó ante el Congreso Local, con carácter de preferente, la iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de distintos códigos y leyes estatales, en materia de violencia contra las mujeres y perspectiva de género, es decir, aquellas contenidas en la sección de armonización legislativa en el informe del grupo de trabajo (21 instrumentos normativos). 38 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida Se valoran los cambios de armonización con perspectiva de género realizados, así como las iniciativas presentadas. No obstante, es de preocupación para el GIM dos consideraciones de la Cámara de Diputados local: la relativa a la exclusión de responsabilidad de la práctica de interrupción del embarazo en los supuestos previstos en la norma, así como determinar como no punible los casos de embarazo por violación; así como la negación a tipificar el delito de violencia obstétrica, por aducir que se invaden competencias exclusivas del legislador federal. Se considera un grave menoscabo a los derechos de las mujeres que no haya sido aceptado en el delito de aborto, “excluir de responsabilidad al médico que lo practique en los supuestos previstos ya en la norma; y modificar los elementos del aborto no punible, al resultar el embarazo de una violación, ya que actualmente exige que sea “de la comisión de un delito de violación”, proponiéndose el texto “de una presunta violación”, sin aceptarse, aduciendo que resultaba ir contra la protección de la vida del producto”. Respecto a este último punto, el GIM manifiesta su preocupación por el argumento del gobierno del estado, respecto a que la tipificación del delito de violencia obstétrica es competencia federal, desconociendo así las atribuciones de los poderes del estado de Morelos, para iniciar leyes y decretos, previstas en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se considera un grave menoscabo a los derechos de las mujeres que no haya sido aceptado en el delito de aborto, “excluir de responsabilidad al médico que lo practique en los supuestos previstos ya en la norma; y modificar los elementos del aborto no punible, al resultar el embarazo de una violación, ya que actualmente exige que sea “de la comisión de un delito de violación”, proponiéndose el texto “de una presunta violación”, sin aceptarse, aduciendo que resultaba ir contra la protección de la vida del producto”. Esto genera una clara victimización institucional de las mujeres víctimas de violación quienes deberán esperar a que se compruebe en juicio la existencia del delito para tener acceso a un aborto legal y seguro, especialmente cuando una de las fallas institucionales señaladas en la AVGM y, en general, en México, es la deficiencia en la investigación de los delitos, particularmente los delitos contras las mujeres y las niñas, resultando que dichas investigaciones incumplen con la obligación normativa de la debida diligencia, tomando demasiado tiempo para obtener los elementos de prueba, más aún si todavía se debe esperar a que el caso llegue a juicio y se obtenga una sentencia firme. Lo único que implica es que la mujer que haya sido embarazada como resultado de una violación no tendrá acceso a un aborto legal, seguro y a tiempo, dañando gravemente sus derechos humanos. Se considera inaceptable para el GIM esta negativa por parte del poder legislativo. Si bien se considera que las acciones tendientes del poder Ejecutivo para controvertir la decisión del Congreso estatal, demuestran el compromiso de agotar todos los recursos con los que cuenta para garantizar la armonización legislativa, el GIM considera que el objeto de esta medida es eliminar de la legislación local aquellas disposiciones que menoscaban o anulen los derechos de las mujeres y niñas en la entidad. En ese sentido, el cumplimiento de esta medida no se circunscribe única y exclusivamente al análisis de la legislación y establecer la agenda legislativa, sino su cumplimiento involucra también al Poder Legislativo, que tiene las facultades constitucionales para crear, reformar, derogar o abrogar normas incompatibles con los derechos humanos de las mujeres. Por tanto, para dar por cumplida dicha medida, el GIM considera indispensable que el órgano legislativo concrete los temas de la reforma legislativa planteados por el Ejecutivo Estatal. Dichas 39 normas deberán estar elaboradas bajo parámetros de derechos humanos de las mujeres, con perspectiva de género y atendiendo los principios de progresividad y pro persona. En consecuencia, se considera que esta propuesta está en proceso de cumplimiento. XIV. Quinta medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo De conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Acceso, se deberá realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley de Atención y Reparación a Víctimas del Delito y de Violaciones a los Derechos Humanos para el Estado de Morelos, y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Morelos. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Al respecto, el estado reportó que esta medida corresponde a la estrategia 4.3 “Emprender acciones que permitan la reparación del daño vinculados a delitos por violencia en contra de las mujeres en el estado de Morelos”. Acción única: realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios Dicha acción se enmarca en la línea 4.3.1 “Realizar las acciones y adecuaciones administrativas y legislativas necesarias para garantizar la reparación integral del daño”. En este sentido, el estado reporta que el 2 de diciembre de 2015, se publicó el formato de solicitud de inscripción al registro estatal de víctimas, a partir del cual la Comisión Estatal puede iniciar el registro formal de víctimas en el estado. Posteriormente, informó que se publicó una actualización de dicho formato, así como el formato para el acceso a los recursos del Fondo por Compensación Subsidiaria para Víctimas de Delito de Competencia Estatal, así como el formato de solicitud de acceso a los recursos del fondo por compensación para víctimas de delitos o violaciones a los derechos humanos cometidos por autoridades estatales. Asimismo, estipula en la línea de acción 4.3.2 “Realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres o feminicidios en el estado de Morelos”. Al respecto, la entidad reportó que el Consejo de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos, aprobó el Plan Individual de Reparación de la Víctima Indirecta. En este tenor, para poder realizar un plan individualizado de reparación integral, debe seguir con el proceso que se describe en el Reglamento de la Ley de Atención y Reparación a Víctimas del Delito y de Violaciones a Derechos Humanos para el Estado de Morelos en materia de asesoría jurídica, registro y reparación económica. Finalmente, en cuanto a la línea 4.3.4 “Ejecutar sentencias condenatorias que decreten el pago de la reparación a los familiares de las mujeres víctimas de feminicidio”; el estado señaló que de las sentencias condenatorias ejecutoriadas se ordenó según el caso, la reparación del daño ocasionado a favor de la víctimas y que la fiscalía vela también por el seguimiento de la reparación de daños para continuar con la exigibilidad a la persona obligada a su pago y en caso de no ser posible por medio del procedimiento económico coactivo, la victima u ofendida/o, podrán pedir por sí o medio de su asesor jurídico, el pago de la reparación ante otras instituciones como podría ser la Comisión Ejecutiva de Víctimas. Al respecto, no reporta un número específico en las que se haya decretado el pago por concepto de reparación a los familiares de las mujeres víctimas de feminicidio. 40 No se omite precisar que en alcance, se informó de todas las diligencias realizadas ante el Tribunal Superior de Justicia y la Secretaría de Hacienda para el pago de la reparación del daño sin que hasta el momento se haya podido encontrar una solución que haga más eficiente el proceso. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida En cuanto a la presente medida, se considera que su cumplimiento es parcial. Respecto a la primera acción se advierte que se han emitido los instrumentos necesarios para acceder a la reparación integral de daño. En este sentido, se advierte que la Comisión Ejecutiva ya ha realizado una indemnización. Si bien se observa que es posible acceder a la reparación por parte de las víctimas, ésta no es sencilla, por lo que el estado debe llevar a cabo las adecuaciones para que el procedimiento sea lo más eficiente posible, a partir de la experiencia hasta el momento, de forma tal que realice las acciones y adecuaciones administrativas y legislativas necesarias para garantizar la reparación integral del daño. Aunado a lo anterior, a pesar de que el estado reporta la elaboración del plan individualizado de reparación indirecta, no se adjunta la evidencia en el anexo 53 como lo refiere en su informe, pues el documento que ahí se encuentra son las actas del Comité de Articulación de las unidades del MP y no el plan individualizado que contenga las medidas de rehabilitación, satisfacción, no repetición, restitución y compensación. En cuanto a la emisión de sentencias condenatorias que refieran la reparación del daño ocasionado a las víctimas, se valora positivamente que la Fiscalía cuente con la información y brinde seguimiento para su ejecución. Sin embargo, el grupo considera importante conocer, al menos en este primer momento, en qué consiste la reparación del daño a la que se está dando seguimiento. Por lo anterior, se considera que la presente medida se encuentra parcialmente cumplida. XV. Sexta medida de justicia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Determinar una medida de reparación simbólica para todas las mujeres que han sido víctimas de feminicidio en el estado de Morelos. Para la definición de la reparación simbólica se tomará en cuenta a las organizaciones de la sociedad civil y los familiares de las víctimas. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida Esta acción está incluida en la línea 4.3.3 “Determinar una medida de reparación simbólica para todas las mujeres que han sido víctimas de feminicidio en el estado de Morelos”. Así, en seguimiento a las acciones mencionadas en el primer y segundo informe de cumplimiento, el estado ha sostenido una reunión con familiares de las víctimas de feminicidio y personal de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos, en la que se establecieron los siguientes acuerdos: i) la disculpa pública del Fiscal, ii) la disculpa pública del Comisionado Estatal de Seguridad Publica, iii) la placa del CJM, de mármol, color rosa y la cortina de color blanco, la frase que lleva la placa con la imagen de una silueta de una mujer con alas de mariposa, iv) los proyectos de reparación simbólica del mural en la ciudad de Cuautla, y v) los árboles de Ceibas en los ocho municipios donde se activó la AVGM. 41 El estado de Morelos menciona también, que cuando se develó la placa del Centro de Justicia para las Mujeres, participaron la Fiscalía General del Estado de Morelos, familiares de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil. Asimismo, en la disculpa pública del Comisionado Estatal de Seguridad Publica, participaron familiares de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil. Igualmente, el estado reportó que, en seguimiento al segundo informe, en el marco del “Día Estatal en Conmemoración de las Víctimas”, se realizó una exposición fotográfica itinerante con ocho sedes, donde se convocó a las familias de víctimas que han sido atendidas por la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos y solo de aquellas que estuvieron de acuerdo, se colocó la fotografía de su familiar, al igual que un texto redactado por la misma familia. La exposición contó con 29 fotografías, diez corresponden a mujeres, de ellas cuatro son víctimas por violencia de género y 19 son de hombres. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida El estado reporta acciones relativas a reuniones con organizaciones de la sociedad civil y con familiares de las víctimas, estableciendo acuerdos para la realización de las actividades en cumplimiento a la reparación simbólica para las víctimas de los feminicidios, pero no reporta en que porcentaje del total de mujeres que han sido víctimas de feminicidio se han implementado estas acciones. Como evidencia de cumplimiento se adjunta un acta de acuerdos de reunión de la exposición fotográfica itinerante “No te olvido”, de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado, donde firman 19 familiares de víctimas, faltando la evidencia de cuáles fueron las organizaciones de la sociedad civil que se tomaron en cuenta. Si bien, este tipo de acciones deben ser de implementación continua, el grupo valora que las mismas han sido constantes en todos los informes remitidos, por lo que da por cumplida esta medida e invita al gobierno a seguir realizando estas acciones. XVI. Medida para visibilizar la violencia de género y mensaje de cero tolerancia a) Medida establecida en la declaratoria y, en su caso, propuesta relacionada en el informe del grupo de trabajo Con base en lo establecido por el artículo 26, fracción III, inciso a) de la Ley General de Acceso, el gobierno del estado de Morelos, por medio del Ejecutivo estatal, deberá enviar un mensaje a la ciudadanía de cero tolerancia ante la comisión de conductas violentas en contra de las mujeres. Este mensaje deberá ser divulgado en medios de comunicación y replicado por otras autoridades estatales y municipales, particularmente en los municipios donde se está declarando la AVGM. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la medida El gobierno de la entidad señala que, con el fin de enviar el mensaje a la ciudadanía de cero tolerancia ante la violencia contra las mujeres, lanzó una campaña de comunicación que ha tenido presencia en distintos medios (radio, televisión, páginas web, redes sociales e inserciones en medios locales). Asimismo, destaca que han producido y difundido cápsulas con personalidades de distintos ámbitos para enviar el mensaje de cero tolerancia a la población. La emisión de las cápsulas inició en marzo del 2016 y, hasta el momento de la elaboración del tercer informe, se reportan 20 cápsulas disponibles en internet, en un canal de YouTube. En televisión se han producido distintas series: a) “Tres generaciones” (diez cápsulas retransmitidas de mayo a octubre que narran las historias de vida de mujeres que han superado situaciones de violencia con mensaje de no aceptación a la violencia contra las mujeres); b) “La Fiscalía General del 42 Estado” (tres capítulos, que dieron inicio en junio de 2015, y que ofrecen testimonios en que se atiende la situación de violencia a través de la vía legal), d) “Violencia Integra Mujeres” (serie de 13 cápsulas a través de las cuales, la Comisión Independiente de Derechos Humanos describe los tipos de violencia contra las mujeres, de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia); e) “Por una vida libre de violencia” (compuesta por 20 cápsulas que comenzaron a transmitirse en marzo del 2016); f) “Reporte 49 (programa periodístico semanal en el que la conductora invita a sostener conversaciones sobre el tema para intercambiar y analizar ideas sobre diferentes enfoques de la AVGM, que permiten a las y los televidentes una mayor comprensión sobre acciones que llevan a identificar, prevenir y atender las diferentes expresiones de la violencia contra las mujeres) y, g) el programa de TV de 30 minutos sobre la vacuna contra el virus del papiloma humano (transmitido en marzo del 2016). A nivel municipal, retoman las acciones reportadas en el rubro primero de las medidas de seguridad: En el municipio de Cuautla, remiten al taller “Un espacio libre de violencia”, impartido en octubre de 2016, para las personas que laboran en la Instancia para la mujer, donde se abordó la violencia en el ámbito laboral y cómo mejorar la convivencia en el trabajo. También, se impartió un curso relativo a la importancia de la recuperación en la familia y las nuevas masculinidades. Asimismo, destaca que, por medio del “Programa de Transversalidad de la Perspectiva de Género para el Ejercicio Fiscal 2016”, se llevaron a cabo diversas actividades de la instancia de la mujer en Cuautla, entre ellas, se realizaron cuatro talleres, un foro, un grupo focal y tres mesas de trabajo por parte de una asociación civil especializada en el tema de perspectiva de género, la Organización Comunicación Intercambio y Desarrollo Humano para América Latina Cidhal A.C., quienes continúan desarrollando un proceso formativo y de sensibilización con mujeres indígenas, adultas mayores, mujeres con discapacidad, migrantes y en situación de reclusión para propiciar un cambio cultural y respetuoso que les lleve a la proporción de acciones afirmativas para garantizar los derechos de las mujeres y la no discriminación. En el municipio de Emiliano Zapata, se llevó a cabo la campaña “Soy zapatence y no permito la violencia a la mujer”, y se llevaron a cabo acciones en las colonias identificadas con mayor incidencia. No se reporta el periodo en el que se ejecutó la campaña, ni se anexa evidencia a este respecto. En Jiutepec, se implementó la campaña “No maquilles la realidad”, para informar sobre la AVGM y para promover la denuncia. Esto se llevó a cabo en redes sociales, en estaciones de radio, por medio de espectaculares, a través del transporte público, de radio, televisión, prensa y páginas oficiales. En Temixco, se llevó a cabo la campaña “Mujer, no estás sola”, que incluyó a su vez obras de teatro, sensibilización a funcionarios, brigadas de servicios para asesoría jurídica y entrega de volantes para difundir las líneas de apoyo (psicológico y jurídico). En Puente de Ixtla, se señaló la ejecución de la campaña “Mujer libre de violencia”, que comprendió la sensibilización a la ciudadanía contra la violencia hacia las mujeres, así como lo relacionado con la naturaleza y alcances de la alerta. Para lo anterior, se llevaron a cabo perifoneo y caminatas, estas últimas de marzo a noviembre. Se repartieron dos mil trípticos y se produjo un spot sobre el tema para el perifoneo. Respecto a las actividades que reportan en Yautepec, destaca que se llevó a cabo la campaña “Cero Tolerancia” promovida por la Dirección de Comunicación Social en coordinación con la Instancia de la Mujer, y la Dirección de Prevención del Delito. La campaña se llevó a cabo durante agosto a diciembre de 2016, y comprendió la pinta de bardas, perifoneo, distribución de trípticos, e-cards, ferias de servicio para atención legal y psicológica para mujeres, así como pláticas informativas para mujeres, y para funcionarias y funcionarios del ayuntamiento. 43 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida No pasa desapercibido para el GIM que no se reporta información sobre el municipio de Cuernavaca, una vez más, y sobre las acciones llevadas a cabo en Xochitepec. El grupo considera que las acciones son disímiles en los municipios y que es preciso generar mecanismos para el intercambio de buenas prácticas que reditúen en la visibilización de la violencia de género y el mensaje de cero tolerancia. Como se mencionó anteriormente, en la primera medida de seguridad y la cuarta medida de prevención, las campañas que lleva a cabo el estado no incluyen la evaluación de las estrategias de difusión, lo cual se considera indispensable para dar continuidad y para replantear las estrategias a través de las cuales se busca comunicar a la población en general, a las funcionarias y funcionarios públicos la relevancia del problema. Asimismo, destaca que todas las actividades se están llevando a cabo en la mayoría de los municipios, razón por la cual, se considera que el cumplimiento está en proceso. D. SEGUIMIENTO A LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME QUE NO SE RELACIONAN DIRECTAMENTE CON LAS MEDIDAS DE LA DECLARATORIA DE AVGM I. Cuarta Propuesta a) Propuesta del grupo de trabajo Institucionalizar los procesos de atención a las mujeres víctimas de violencia en todas las instancias del estado, a fin de que aquella no quede a la discreción del personal. Diseñar rutas críticas de actuación claras, y con responsabilidades definidas, susceptibles de evaluación periódica, a fin de facilitar la adecuada atención y canalización de las víctimas y sus familiares. Capacitar a las servidoras y los servidores públicos encargados de la atención de la violencia contra las mujeres sobre las rutas críticas y los procesos de atención diseñados. Dicha capacitación deberá considerar los criterios señalados dentro de la segunda conclusión del presente apartado. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo En cuanto a la presente medida, anteriormente el estado había reportado la creación de los Lineamientos Generales de Operación del Refugio Casa de la Mujer; el Procedimiento de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia para la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familiar, y el Protocolo de Atención a la Violencia Sexual. Violación. Casos Urgentes, para el sector salud. Respecto a los avances y seguimiento, el estado señaló que se encuentra en revisión el ahora “Protocolo de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia” para su posterior aprobación y publicación. En cuanto a la difusión de los protocolos, el estado de Morelos reportó que se había generado el libro de bolsillo para difundir la legislación e instrumentos sobre derechos de las mujeres. 44 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta Si bien en el informe el grupo de trabajo valoró positivamente la implementación de la cuarta propuesta, en ese momento consideró que el estado no informó las acciones para garantizar que el Procedimiento de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia previera herramientas específicas al personal que le permitieran identificar los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres y las acciones a realizar, es decir, no tenían instrumentos para la detección de la violencia y análisis del riesgo. Asimismo, el grupo de trabajo notó que señalaba que si la persona que es atendida no solicita protección se debe llevar a cabo la conciliación entre las partes involucradas. Al respecto, el estado remitió el Procedimiento de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, así como la Ruta Crítica de Atención a Mujeres en Situación de Violencia. Por lo que hace a la capacitación a las y los servidores públicos en esta material, la información presentada fue analizada en conjunto con la segunda medida de prevención, relativa al Programa Único de Capacitación, Sensibilización y Profesionalización. En este sentido, la presente propuesta se considera cumplida. II. Quinta propuesta a) Propuesta del grupo de trabajo Implementar el Modelo de Atención Único para las Dependencias que Integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia en el Estado de Morelos, emitido por el IMEM en 2012, en todas las dependencias que integran el SEPASE y supervisar su cabal cumplimiento. b) Acciones reportadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado reportó que se ha reforzado la atención a mujeres víctimas de violencia, por medio de la implementación, seguimiento y evaluación del Modelo de Atención Único. Así, el SEPASE presentó y aprobó la actualización del modelo el 18 de febrero de 2015. Sin embargo, hasta la fecha no se ha publicado debido a la valoración de la inclusión del CJM. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta Si bien el estado reportó que el Modelo de Atención Único fue actualizado en febrero de 2015, en el dictamen emitido por el grupo de trabajo se le señaló que era necesario conocer los procesos de institucionalización del Modelo, así como las acciones administrativas relacionadas con las políticas y procesos que conllevan a la proyección, seguimiento y mejora de la aplicación del MAU. No obstante, el estado señaló que aún no se ha publicado porque está en valoración. Esta situación resulta particularmente preocupante ya que han pasado casi dos años sin que el modelo haya sido aprobado. III. Décima tercera propuesta a) Propuesta del grupo de trabajo Fortalecer a las instituciones involucradas en la prevención, atención (incluyendo al sector salud), investigación y sanción de la violencia en contra de las mujeres, que incluya la distribución clara de la competencia de tales instituciones conforme a la Ley local de acceso. 45 Continuar con los esfuerzos para crear y ejecutar el proyecto “Ciudad Mujer” y el Centro de Justicia para las Mujeres. Sobre este último, se recomienda impulsar la creación de al menos otro Centro de Justicia. Crear centros de atención especializados que proporcionen asistencia jurídica y psicológica a las mujeres de la entidad, con la finalidad de garantizar la atención descentralizada a mujeres víctimas de violencia. b) Acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado informó que para implementar esta propuesta conforme al PIM, se integró en la línea de acción 3.3.1 “Ampliar la infraestructura material y de los recursos humanos del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, instancias municipales de la mujer, DIF municipales y la Fiscalía General del Estado de Morelos”. Al respecto, se informó que para mejorar su atención se transfirió la administración y operación del refugio para mujeres al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; asimismo, a partir de enero de 2016, los servicios que otorgaba el Centro Atención Externa se transfirieron al Centro de Justicia para las Mujeres. Así, el Refugio Casa de la Mujer, mismo que depende del Sistema DIF estatal ha beneficiado a 73 mujeres con sus hijas e hijos. En relación a los municipios se reporta lo siguiente: Cuautla: A través de recurso federal del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el ejercicio fiscal 2016, se compró mobiliario y se contratron; insumos de papelería y cafetería, y se contrataron dos profesionistas de apoyo a la instancia durante seis meses. Jiutepec: Fue fortalecida la Instancia municipal para poder brindar atención psicológica y asesoría jurídica, además se instaló un comedor comunitario. Puente de Ixtla: Se vio beneficiada mediante el Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género para el ejercicio fiscal 2016, con ello, se contrató a una trabajadora social, tres profesionistas para siete meses y se adquirió mobiliario y material de oficina. Xochitepec: A través de la Casa de la Mujer se brinda atención psicológica, medica, asesoría jurídica y de trabajo social a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos. Con recurso de PAIMEF se da el fortalecimiento a la Casa de la Mujer con equipo de cómputo, consultorio médico, ludoteca, dormitorio, mobiliario, así como servicios profesionales en materia jurídica y psicológica. Yautepec: Fue fortalecida la Dirección del DIF municipal, así mismo, señala que el ayuntamiento cuenta con 12 abogadas y abogados que, entre otras, brindan asesoría legal a las mujeres víctimas de violencia. Temixco: Con apoyo de PAIMEF se contrató a una abogada y una psicóloga. No presentaron información los municipios de Cuernavaca y Emiliano Zapata. Tampoco se encontró información sobre la evaluación y seguimiento de las instancias. Asimismo, el estado señala que en 2016 se aprobó un presupuesto de 10 millones 50 mil pesos para la construcción del Centro de Justicia para las Mujeres en Yautepec. Por su parte, el 29 de julio de 2016, la Conavim proporcionó recursos para estos efectos. 46 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la medida El grupo valora los esfuerzos para la atención externa del IMEM. Sin embargo, no se reportan los planes de fortalecimiento. En este sentido, en el dictamen se señaló que no existía ningún aumento en el presupuesto del IMEM. Este año el gobierno no reportó si se había continuado con el fortalecimiento del Instituto. En el caso de los municipios, no se presentan los planes para continuar con su fortalecimiento. Se observa que los municipios reportan mejoras, pero éstas se realizaron con recursos federales (PAIMEF y Transversalidad modalidad III CDM), los cuales tienen tiempo determinado para su ejecución, por lo que preocupa que los servicios profesionales contratados sólo sean temporales, sin exponer la forma de brindarlos por todo el año. En general, se sigue percibiendo la falta de una estrategia para lograr el fortalecimiento de las distintas instancias que previenen y atienden a las mujeres víctimas de violencia. Como se mencionó en el dictamen anterior, contar con objetivos claros de corto, mediano y largo plazo son necesarios debido a la complejidad y los recursos que implican fortalecer materialmente a dichas instituciones. Un proceder sin etapas claras conducirá al ejercicio ineficiente de recursos. No obstante, el GIM valora el proyecto del CJM en Yautepec. Aunque ésta es una medida adicional para reforzar los servicios que presta el estado a las mujeres, el grupo no cuenta con la información necesaria para evaluar el avance en esta acción. Por lo anterior, el grupo considera que esta propuesta se encuentra parcialmente cumplida. IV. Décima cuarta propuesta a) Propuesta del grupo de trabajo Fortalecer el SEPASE con mecanismos que permitan supervisar el cumplimiento de las obligaciones que la Ley local de Acceso le impone a cada una de las dependencias que lo integran. Publicar en medios oficiales y de difusión masiva el Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y realizar todas las acciones necesarias para operarlo b) Acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado informó que para implementar esta propuesta conforme al PIM, se integró en las líneas de acción: 5.1.1 “Publicar en medios oficiales y establecer una difusión masiva del programa estatal de trabajo”; 5.1.2 Establecer un calendario de trabajo de las comisiones que integran el SEPASE, y 5.1.3 “Generar reportes periódicos sobre la implementación del Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres por parte de las autoridades encargadas de su ejecución”. En su informe, el estado indicó que el 26 de septiembre de 2016, en la Vigésima Sexta Sesión Ordinaria del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, se aprobó el Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en el Estado de Morelos, y que el mismo se publicó en el Periódico Oficial “tierra y Libertad” número 5437, el 28 de septiembre de 2016. Asimismo, dicho informe presenta el calendario de trabajo de las cuatro comisiones que integran el SEPASE de las sesiones del 2016. Sin embargo, no se entregaron reportes sobre su implementación. 47 c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta El grupo valora positivamente que el Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres ya fue aprobado y publicado en el Periódico Oficial del Estado, sin embargo, el informe no presenta evidencia de que el mismo haya sido difundido en medios masivos de comunicación. Por todo lo anterior, el grupo de trabajo considera que el cumplimiento de las medidas relacionadas con la publicación en medios oficiales y difusión masiva del programa estatal de trabajo del SEPASE se encuentra cumplido parcialmente. Las cuatro comisiones del Sistema Estatal PASE sesionaron permanentemente durante el 2016, por lo anterior, el GIM considera positivamente la acción establecida por el estado para establecer establecer un calendario de trabajo de las comisiones que integran el SEPASE. Por su parte, el estado no reportó la implementación de los avances de 2015 y 2016, por lo que no pudo dar seguimiento a la misma. Por lo anterior se considera que la presente medida se encuentra en proceso de implementación. V. Décima quinta propuesta a) Propuesta del grupo de trabajo Realizar las asignaciones presupuestarias sobre políticas y programas con perspectiva de género, así como una financiación adecuada de programas y acciones encaminados a lograr la igualdad entre la mujer y el hombre, y destinados a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el estado de Morelos. Para ello, se deberá considerar lo estipulado en el Pipasevm. b) Acciones reportadas por el estado implementar con la propuesta en función a los indicadores estratégicos establecidos por el grupo El estado informó que para implementar esta propuesta cada dependencia tiene un presupuesto asignado para 2017 a fin de cumplir las acciones del Plan Integra Mujeres y por tanto de la declaratoria de AVGM. En este sentido, se destinará un total de $ 66,979,310.39. Asimismo, reportó que los municipios destinarán un total de $ 34,089,396.50, sin incluir lo que destinarán Xochitepec y Cuernavaca. Destaca que hay municipios que destinan 28,357,115.06, mientras que otros como Emiliano Zapata destina 180,000.00. c) Análisis del grupo sobre las acciones realizadas por el estado para implementar la propuesta El grupo valora que el estado tenga presupuesto etiquetado para cumplir con las medidas dictadas en la alerta y las propuestas derivadas del informe. Sin embargo, no se reporta información sobre el presupuesto que la entidad está destinando para garantizar los derechos humanos de las mujeres. En este sentido, el grupo accedió a la información pública del Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos sin que se pudiera localizar el recurso destinado de forma general a todas las acciones que tengan por objeto garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, ni los recursos que se destinarán al Programa Integra Mujeres. El GIM considera de vital importancia que los presupuestos de egresos que emitan los estados incluyan perspectiva de género, de forma tal que se garantice: i) que las políticas públicas se diseñen e implementen con perspectiva de género, ii) la transparencia respecto a los recursos públicos que se 48 destinen a este tipo de programas y iii) facilitar la rendición de cuentas y el ejercicio eficiente de los mismos. En este sentido, el grupo considera que esta medida se encuentra parcialmente cumplida. E. CONCLUSIÓN GENERAL SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN LA DECLARATORIA DE AVGM Y LAS PROPUESTAS CONTENIDAS EN EL INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO A partir del análisis en su conjunto de todas las acciones realizadas por el estado de Morelos, se observa que en algunas de éstas ha habido un avance suficiente para determinar un cumplimiento óptimo y en las cuales el grupo debe dar sólo acompañamiento para dar seguimiento a su implementación a largo plazo. Sin embargo, existen otras medidas en que la mayoría del grupo considera que las evidencias presentadas no son suficientes para concluir que el estado implementó las propuestas realizadas por el grupo en su informe ni en las medidas declaradas en la AVGM. En este sentido, el grupo valora los esfuerzos realizados para la implementación coordinada de las medidas dictadas en la AVGM, en este sentido observa un área de oportunidad para seguir sumando esfuerzos en este rubro. No se omite señalar que fue de particular atención que en el municipio de Cuernavaca fue sistemática la falta de reporte de avances, en este sentido, las acciones que el grupo considera cumplidas, en ningún sentido se entiende para el municipio de Cuernavaca, para el cual sigue abierto el proceso de alerta en relación con todas las medidas decretadas. Asimismo, el grupo considera indispensable que el poder legislativo cumpla con sus obligaciones constitucionales en materia de derechos humanos de las mujeres. Resulta preocupante para el GIM la falta de solidez argumentativa y desconocimiento del marco normativo local, federal e internacional para llevar a cabo sus importantes funciones. En este sentido, se considera que la primera medida relacionada con la divulgación y publicación en medios de difusión de la naturaleza y los alcances de la violencia de género se encuentra en proceso y que es preciso prestar atención y ayuda en el caso de los municipios que no reportan acciones, así como generar diálogos entre los distintos municipios para compartir las buenas prácticas y los lineamientos generales sobre las implicaciones de la AVGM. Por su parte, la segunda medida de seguridad referente a la recuperación de espacios públicos se encuentra cumplida en cuanto a la primera, segunda, sexta y quinta acción; por su parte, tomando en consideración su naturaleza de mediano plazo, se encuentran en proceso de cumplimiento la tercera y cuarta acción; finalmente, la quinta acción no presenta avances considerables ya que desde que se declaró la AVGM sólo se ha verificado que no existe un diagnóstico estatal sobre la violencia contra las mujeres en el transporte público. La tercera medida de seguridad se encuentra parcialmente implementada, toda vez que los avances en la instalación de los módulos de atención en los municipios requieren una mínima coordinación entre los municipios en la que se identifiquen los servicios mínimos que cada uno de estos módulos debe proporcionar. En cuanto a la cuarta medida de seguridad, relativa a la implementación de las órdenes de protección, el GIM advierte que el estado ha avanzado en su implementación, sin embargo, se encuentra en proceso de cumplimiento ya que la misma deriva en gran parte de la creación de la Unidad Especializada de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica (quinta medida de seguridad), que actualmente cuenta con 19 elementos para los ocho municipios, a pesar de que para el transcurso 2017 se proyecta que cuente con 183 elementos, de los 250 con los que se planea integrar. En este sentido, el GIM valora los esfuerzos realizados por la CES hasta el momento y le invita a continuar con el fin de garantizar los derechos humanos de las mujeres. Sin perjuicio de lo anterior, y 49 respecto a la quinta medida de seguridad, el grupo da por cumplida la segunda acción, pues de lo reportado en el Informe de cumplimiento de las propuestas contenidas en el informe del grupo de trabajo, sólo quedaba pendiente la aprobación y publicación del Protocolo de Actuación. Para las medidas de prevención, se reporta un avance parcial en la primera, en este sentido, el GIM considera que la medida sólo se encuentra cumplida respecto a la tercera acción en tanto que la cuarta acción presenta un avance parcial, y la primera y segunda acción no presentan ningún avance. El grupo de trabajo reconoce los avances en el diseño del Subprograma Estatal de Sensibilización, Capacitación y Profesionalización de las y los Servidores Públicos encargados de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, segunda medida de prevención, ya que el mismo busca ser permanente y considera las funciones del personal para distinguir el tipo de sensibilización, capacitación y/o profesionalización a recibir. Sin embargo, su implementación, o reporte, no se está realizado bajo la metodología señalada en el propio subprograma, por lo que se considera que la medida se encuentra parcialmente cumplida. En la tercera medida de prevención, el grupo considera que si bien se presentan avances en las dos acciones (aquellas medidas dirigidas al alumnado y aquellas dirigidas al personal docente), se considera que para la presente medida los avances son insuficientes, ya que no hay elementos que permitan garantizar la continuidad de las acciones que se han concretado. Para la cuarta medida de prevención, el GIM observó que se encuentra en proceso de cumplimiento. En este sentido, sólo la acción de creación del CJM en Cuernavaca se encuentra completada. Por otro lado, considera que en tres acciones reflejan un avance significativo sin que se hayan completado en su totalidad: acción segunda, relativa a la implementación de los COMVIVES con perspectiva de género; acción cuarta, referente a la ceración de una campaña de comunicación para generar conciencia social, y acción sexta, relacionada con la elaboración de un programa estatal con perspectiva de género de atención y reeducación de personas generadoras de violencia contra las mujeres. Finalmente, se considera que las acciones primera (redes comunitarias), quinta (programa de monitoreo ambulatorio y anónimo), séptima (observatorio de medios de comunicación) y octava (creación del programa estatal permanente de comunicación con perspectiva de género) no reportan avances significativos. Respecto a la primera medida de justicia, el grupo valora el avance en la primera y segunda acción, relativas al fortalecimiento, articulación y capacitación de la Fiscalía General del Estado. Sin embargo, advierte que en algunos momentos de su implementación no se han logrado los objetivos deseados. En este sentido, se considera que en cuanto a estas acciones esta medida se encuentra en proceso de cumplimiento. Ahora bien, por lo que hace a las acciones tres y cuatro, se considera que se encuentran parcialmente cumplidas, ya que las acciones del Poder Judicial para la evaluación de la perspectiva de género, así como las acciones del Comité de Calidad con Perspectiva de género, no permiten conocer cómo se ha llevado a cabo la evaluación y en consecuencia no se conocen los resultados. Por cuanto a la quinta acción, el GIM considera que no presenta ningún avance, pues no se reporta la creación de la Unidad de Análisis y Contexto. Con relación a la segunda medida de justicia, se considera que hay un avance considerable, sin embargo, es necesario que derivado de la revisión de expedientes se elabore un diagnóstico de las fallas al momento de investigar los casos de muertes violentas de mujeres. Por lo que hace a la tercera medida de justicia, se advierte que no se cuenta cumplida, si bien se han iniciado ocho expedientes sobre supervisión, no se cuentan con elementos para determinar si los mecanismos de supervisión y sanción han sido accesibles para la ciudadanía y se han llevado a cabo de forma diligente. 50 En relación con la cuarta medida de justicia, el grupo considera que se encuentra en proceso de cumplimiento. Como ya se señaló, el GIM valora que el poder legislativo tiene la obligación de adecuar las normas locales a los estándares nacionales e internacionales a fin de eliminar aquellas disposiciones que menoscaben o anulen los derechos de las mujeres y niñas en la entidad. En cuanto a la quinta medida de justicia, se considera que se han realizado avances considerables para la generación de un plan individualizado, sin embargo, aún falta ultimar procesos para que su acceso sea eficiente y no se impida su ejecución por barreras burocráticas. No obstante, en cuanto a la sexta medida de justicia, se considera que la acción relativa a la reparación simbólica se encuentra cumplida, en consideración de que continuamente el estado se encuentra realizando eventos en que busca reconocer a las víctimas de feminicidios y sus familiares. Por lo que hace a la última medida de la declaratoria de AVGM, al igual que todas las acciones de difusión realizadas por el estado, el grupo valora los esfuerzos para llevar a cabo la difusión, entre otros, del mensaje de cero tolerancia. Sin embargo, sigue sin advertirse un diseño estructurado de contenidos y difusión, por lo que se considera que el cumplimiento está en proceso. En cuanto a las propuestas contenidas en el informe que no tienen relación directa con alguna medida de la declaratoria, de la cuarta propuesta quedaba pendiente el fortalecimiento del Procedimiento de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, mismo que se remite en el último informe y falta su revisión y publicación, por lo que la propuesta se encuentra en proceso de cumplimiento. La quinta propuesta, relativa al Modelo de Atención Único para las Dependencias que Integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia en el Estado de Morelos, el estado reporta que se encuentra en revisión, sin que el grupo pueda comprender el retraso en su adopción, ya que desde el informe se encuentra en esta etapa, por lo que se considera que no se encuentra cumplimentada. En cuanto al fortalecimiento de las instancias que previenen y atienden a mujeres víctimas de violencia, referente a la décimo tercera propuesta, se sigue percibiendo la falta de una estrategia para lograr este fortalecimiento, por lo el grupo considera que esta propuesta se encuentra parcialmente cumplida. Asimismo, se valora el funcionamiento del Sistema Estatal PASE, en este sentido, el GIM considera que el cumplimiento de las medidas relacionadas con establecer un calendario de trabajo de las comisiones que integran el SEPASE se encuentra cumplido, sin embargo, no se tienen elementos suficientes para determinar si los contenidos son o no sustanciales. Finalmente, en cuanto a la décimo quinta propuesta, el GIM considera un gran avance la asignación presupuestal para la implementación de las medidas de la AVGM, sin embargo, no se reportan acciones relativas a la inclusión de perspectiva de género en el presupuesto de egresos. En este sentido, se considera de considera de vital importancia que los presupuestos de egresos que emitan los estados incluyan perspectiva de género, de forma tal que se garantice: i) que las políticas públicas se diseñen e implementen con perspectiva de género, ii) la transparencia respecto a los recursos públicos que se destinen a este tipo de programas y iii) facilitar la rendición de cuentas y el ejercicio eficiente de los mismos. En este sentido, el grupo considera que esta medida se encuentra parcialmente cumplida. De forma general el GIM consideró que se encuentran cumplidas las siguientes acciones de las medidas de seguridad: la segunda, sexta y séptima acción de la segunda medida, la primera acción de la cuarta medida, la segunda acción de la quinta medida. Para las medidas de prevención, se consideran cumplidas por el grado de avance reportado, la primera acción de la segunda medida y la 51 tercera acción de la cuarta medida. Por lo que hace a las medidas de justicia, se considera cumplida la sexta medida. **** El dictamen fue aprobado por unanimidad por el Mtro. Pablo Navarrete Gutiérrez representante del Instituto Nacional de las Mujeres; la Lcda. Gretha Jimena Vilchis Cordero, representante de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; la Mtra. Maribel Becerril, representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; la Dra. María Teresa Domínguez, representante del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos; la Dra. Itzel A. Sosa Sánchez, del Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinarias de la Universidad Nacional Autónoma de México, como representante de la institución académica del estado de Morelos, y el Dr. Nelson Arteaga Botello, como representante de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales y la Lcda. Ana Pamela Romero Guerra, representante del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

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