SIN CORTAPISAS
Por PATRICIA CASTRO CEDILLO / MASEUAL
• Familias morelenses no están en condiciones de cumplir los caprichos de líderes del transporte en detrimento de su bienestar.
• Si a los actuales propietarios de concesiones “no les conviene” mantener la tarifa mínima en 10 pesos, que se las quiten, el clamor.
Cuernavaca, Morelos, México, 28 de agosto de 2024.- En los últimos días se ha desatado la inconformidad social tras la pretensión de los líderes de Rutas Unidas y de la Federación Auténtica del Transporte (FAT), Aurelio Carmona Sandoval, otrora aspirante a una diputación local en las pasadas elecciones, y Dagoberto Rivera Jaimes, respectivamente, de incrementar en 40% la tarifa mínima en el transporte público de pasajeros, esto es, de 10 pesos pasar a los 14 pesos, so pena de “paralizar” el estado con bloqueos y la amenaza de dejar de prestar el servicio a la población.
Como cada fin de sexenio y/o trienio estos gánsteres del transporte buscan incrementar la tarifa mínima aduciendo que derivado del alza a insumos y refacciones, entre otras, “no les sale”, no hay ganancias pues para ellos. Siendo lo anterior una vil falacia, puesto que es ilógico que después de dos décadas liderando el sector, donde son propietarios de concesiones, argumenten falazmente lo anterior.
Lo que buscan estos señores es cobrar los “favores políticos” prestados a los diversos candidatos a elección popular, donde ocuparon las unidades para el acarreo de la gente a mítines y campañas proselitistas y aquellos que alcanzaron el “hueso” se verán obligados a ceder a sus pretensiones en perjuicio de la población, que poco o nada les ha interesado, esto, porque muchos de los nuevos funcionarios repiten cargos y otros, sin duda, les prometieron cosas que no cuentan con el consenso ni respaldo social.
Aún más, tanto Dagoberto como Aurelio amenazaron al gobierno en turno en que si no cedían a su pretensión no brindarían el servicio al inicio de clases el pasado lunes 26 de agosto. Para ello, estos sujetos presentaron al gobierno del estado, vía la Secretaría de Movilidad y Transporte un “estudio de factibilidad” carente de sustento, donde sólo presentaban lo que a sus intereses convenía.
Este hecho, causó revuelo social y es que la población de inmediato se pronunció en contra de ese abuso, primeramente, porque por el inicio del ciclo escolar las familias morelenses no estaban para soportar una “estocada económica” más y, segundo, porque el transporte en Morelos es una reverenda porquería: las unidades son ataúdes rodantes, que se hallan en pésimas condiciones mecánicas y de estética, son “viejas” pues.
Si a ello se le suma que no respetan los descuentos a los adultos mayores, a quienes ignoran y no los suben a las unidades y cuando llegan a hacerlo los tratan mal, avientan el dinero, los insultan, arrancan sin esperar a que suban o bajen de las unidades; además, tampoco se ha visto exenten de pago a las personas con discapacidad, mucho menos hacen respetar los asientos designados al sector vulnerable: mujeres embarazadas, abuelitos, personas con discapacidad.
En 2021, cuando el gobierno del estado autorizó el incremento tarifario en 10 pesos, los líderes transportistas se comprometieron a cambiar las unidades, a sacar las rutas “viejas”, a realizar la revista mecánica, capacitar a los operadores, a hacer descuentos a personas de la tercera edad y personas con discapacidad. Nada de lo anterior cumplieron, sólo les dieron “una manita de gato” a sus porquerías de “rutas” y el gobierno hizo mutis; no los obligaron a cumplir y dejaron que hicieran lo que quisieran y ahora ahí está la consecuencia: ya se les quieren “subir a las barbas”.
Ya se manifestaron familias morelenses y estudiantes universitarios, por lo que el gobierno en turno se vio obligado a decir NO al incremento. No obstante, el que instalen mesas de trabajo con Dagoberto y Aurelio deja entrever que de una u otra forma cederán, quizá no con un incremento de 4 pesos, pero de que habrá incremento, lo habrá, puesto que en dichas mesas de trabajo no hay quien represente a la sociedad civil, por lo que se rechaza desde ya las negociaciones bajo la mesa.
Si es verdad que ya no hay ganancias, como aducen, pues que regresen las concesiones; que el gobierno del estado implemente su propio servicio público o entregue las mismas a personas que en verdad quieran trabajarlas sin que busquen sólo enriquecerse a costa del bolsillo de las familias, que lo que esperan es un servicio de calidad y calidez, que acabe pues con el “pulpo camionero” que con amenazas busca salirse con la suya.
Que hagan lo que hizo el gobernador Lauro Ortega Martínez, que les retiren dichas concesiones y que los manden al carajo, que no se dejen convencer por estos abusivos líderes que no brindan seguridad social ni salario digno a los operadores del transporte público de pasajeros, puesto que los choferes argumentan que ellos deben entregar las cuentas completas, que superan los mil 200 pesos diarios, que tienen que poner de su bolsa la gasolina o diesel que ocupan, que los hacen dar completas las cuentas sin tomar en cuenta los descuentos que hacen a los abuelitos.
En fin, existen muchos argumentos válidos unos, infundados otros. Ya se citó lo que dice la Ley del Transporte en su artículo 71 fracción VIII, que señala que LA REVOCACIÓN DE LAS CONCESIONES PROCEDE CUANDO SE ALTERE EL ORDEN PÚBLICO O LA VIALIDAD, EN FORMA TAL QUE SE DEJE DE PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO.
Empero, es un hecho que los transportistas han violentado más fracciones de dicho artículo, y el gobierno estatal está siendo ciego, sordo y mudo, para actuar en consecuencia.
A continuación, se cita el artículo y liga de la ley en comento http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LTRANSPEM.pdf,
para que en sus mesas de trabajo analicen concienzudamente que no han cumplido o han infringido y les revoquen de facto las concesiones a estos individuos:
Artículo *71.- Procede la revocación de las concesiones en los siguientes casos:
I. Pretender transmitir los derechos derivados de la concesión, sin que se cumplan los extremos previstos en la Ley;
II. Por utilizar documentación falsa o elementos de circulación en vehículo distinto al autorizado;
III. No contar con póliza de seguro vigente, o en su caso, fondo de garantía, que garantice la indemnización de daños que con motivo de la prestación del servicio se causen a los usuarios, peatones o terceros en su persona y/o propiedad, tratándose tanto de Servicio de Transporte Público como privado;
IV. No cubrir las indemnizaciones por daños que se originen a la Administración Pública, a los usuarios, peatones, conductores o terceros, una vez desahogados los procedimientos legales, con motivo de la prestación del Servicio de Transporte Público;
V. Utilizar vehículos que no se encuentren expresamente autorizados por la Secretaría;
VI. Utilizar los vehículos destinados al Servicio de Transporte Público para la comisión de un delito o para un fin distinto a lo autorizado por el título de concesión;
VII. Permitir que los vehículos mediante los que se presente el Servicio de Transporte Público sean operados por personas distintas a las expresamente autorizadas por la Secretaría;
VIII. Alterar el orden público o la vialidad, en forma tal que se deje de prestar el Servicio de Transporte Público;
IX. Que el concesionario por sí mismo o a través de sus operadores del transporte público, empleados o personas relacionadas con la prestación del Servicio de Transporte Público encomendado, se haga acreedor a dos sanciones en un período de tres meses, cuatro sanciones en un período de seis meses u ocho sanciones en un período de un año, por incumplir con las obligaciones o condiciones establecidas en la presente Ley y su Reglamento;
X. Modificar o alterar las tarifas, horarios, itinerarios, recorridos, bases, terminales y demás condiciones en que fue originalmente otorgada la concesión o permiso, sin aprobación previa y por escrito de la Secretaría;
XI. No acatar en tiempo y forma, las disposiciones de la Secretaría, respecto a la conservación, mantenimiento o sustitución del parque vehicular; modificación, ampliación o reubicación de rutas o itinerarios, bases, recorridos y demás disposiciones relacionadas con las especificaciones, condiciones y modalidades del servicio;
XII. Alterar o modificar en cualquier forma sin aprobación expresa y por escrito de la Secretaría, el diseño, estructura o construcción original de las unidades destinadas al servicio;
XIII. Cuando se exhiba documentación apócrifa, o se proporcionen informes o datos falsos a la Secretaría;
XIV. Modificar la cláusula de exclusión de extranjeros cuando se trate de sociedades, y
XV. Por las demás causas que señale la presente Ley, y el Reglamento o cualquier otra disposición jurídica y administrativa aplicable.
Queda ahí la información, corresponderá al gobierno del estado, vía la Secretaría de Movilidad y Transporte, hacer cumplir la ley y defender los derechos de los usuarios del transporte público de pasajeros. Y ¡no! El hecho de que en esta administración no autoricen el alza tarifaria, signifique que “hereden” el problema a la siguiente administración, que a fin de iniciar su gobierno sin conflicto, no se duda cedan y perjudiquen la economía popular. Ya se verá.
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